Aprovechamiento del atún y protección de delfines
____________________Recuadro
II.3.3.4
En mayo de 1991 se creó el Programa Nacional
de Aprovechamiento del Atún y Protección de Delfines,
en el que participan autoridades, industriales, universidades e institutos
de investigación. Es resultado de una política que busca
tener un enfoque integral en el manejo de pesquerías, el aprovechamiento
sustentable de los recursos y la protección de las especies que
no son el objetivo de la pesca. El programa incluye la coordinación
de la supervisión de la flota atunera mexicana con observadores
a bordo, así como la realización de trabajos de investigación
científica y de desarrollo tecnológico para aumentar la
eficiencia de la técnica de pesca de atún.
En ese mismo año se estableció un comité
de expertos para evaluar el desempeño de la flota atunera mexicana,
integrado por representantes de los sectores privado y social, así
como técnicos de pesca de atún, representantes del Gobierno
Federal e investigadores académicos. Este comité establece
el límite de mortalidad incidental de delfines por lance, y se
encarga de revisar su cumplimiento por parte de la flota, y de recomendar
posibles acciones a ser consideradas por la autoridad para promover
el cumplimiento de medidas de conservación, que pueden ir desde
la capacitación a técnicos pesqueros hasta la suspensión
del permiso de pesca.
Con base en la experiencia del programa nacional antes
mencionado, y ante la necesidad de reforzar los esfuerzos para proteger
a los delfines, se formuló el Programa Internacional de Conservación
del Delfín, el cual fue firmado en abril de 1992 por 10 países
involucrados en la pesquería, a saber: Colombia, Costa Rica,
Ecuador, España, Estados Unidos, México, Nicaragua, Panamá,
Vanuatu y Venezuela, y cuyos objetivos son:
1. Reducir progresivamente la mortalidad incidental
de delfines en las pesquerías del Océano Pacífico
Oriental a niveles cercanos a cero a través de la aplicación
de límites anuales de captura incidental.
2. Desarrollar métodos ecológicamente
razonables de captura de atún aleta amarilla grande no asociado
con delfines, y al mismo tiempo, mantener las poblaciones de atún
de aleta amarilla en el Océano Pacífico Oriental a un
nivel que permita capturas máximas sostenibles año con
año.
Los límites establecidos originalmente para
toda la flota que opera en el Océano Pacífico Oriental,
y que participa en este acuerdo internacional, se fijaron en 19 500
delfines para el año 1993, y de menos de 5 000 para el año
final del acuerdo en 1999. En el primer año de funcionamiento
de este programa fue mejorada la meta final al registrarse una mortalidad
incidental de 3 600 ejemplares. Actualmente, este acuerdo internacional
es de naturaleza vinculante (obligatorio) y ya ha sido ratificado por
México.
Fuente: Sagarpa, Subsecretaría
de Pesca, 2001.