Aprovechamiento del atún y protección de delfines ____________________Recuadro II.3.3.4

En mayo de 1991 se creó el Programa Nacional de Aprovechamiento del Atún y Protección de Delfines, en el que participan autoridades, industriales, universidades e institutos de investigación. Es resultado de una política que busca tener un enfoque integral en el manejo de pesquerías, el aprovechamiento sustentable de los recursos y la protección de las especies que no son el objetivo de la pesca. El programa incluye la coordinación de la supervisión de la flota atunera mexicana con observadores a bordo, así como la realización de trabajos de investigación científica y de desarrollo tecnológico para aumentar la eficiencia de la técnica de pesca de atún.

En ese mismo año se estableció un comité de expertos para evaluar el desempeño de la flota atunera mexicana, integrado por representantes de los sectores privado y social, así como técnicos de pesca de atún, representantes del Gobierno Federal e investigadores académicos. Este comité establece el límite de mortalidad incidental de delfines por lance, y se encarga de revisar su cumplimiento por parte de la flota, y de recomendar posibles acciones a ser consideradas por la autoridad para promover el cumplimiento de medidas de conservación, que pueden ir desde la capacitación a técnicos pesqueros hasta la suspensión del permiso de pesca.

Con base en la experiencia del programa nacional antes mencionado, y ante la necesidad de reforzar los esfuerzos para proteger a los delfines, se formuló el Programa Internacional de Conservación del Delfín, el cual fue firmado en abril de 1992 por 10 países involucrados en la pesquería, a saber: Colombia, Costa Rica, Ecuador, España, Estados Unidos, México, Nicaragua, Panamá, Vanuatu y Venezuela, y cuyos objetivos son:

1. Reducir progresivamente la mortalidad incidental de delfines en las pesquerías del Océano Pacífico Oriental a niveles cercanos a cero a través de la aplicación de límites anuales de captura incidental.

2. Desarrollar métodos ecológicamente razonables de captura de atún aleta amarilla grande no asociado con delfines, y al mismo tiempo, mantener las poblaciones de atún de aleta amarilla en el Océano Pacífico Oriental a un nivel que permita capturas máximas sostenibles año con año.

Los límites establecidos originalmente para toda la flota que opera en el Océano Pacífico Oriental, y que participa en este acuerdo internacional, se fijaron en 19 500 delfines para el año 1993, y de menos de 5 000 para el año final del acuerdo en 1999. En el primer año de funcionamiento de este programa fue mejorada la meta final al registrarse una mortalidad incidental de 3 600 ejemplares. Actualmente, este acuerdo internacional es de naturaleza vinculante (obligatorio) y ya ha sido ratificado por México.

Fuente: Sagarpa, Subsecretaría de Pesca, 2001.


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