Capítulo III
III.4 Biodiversidad
ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS.
Zonas del territorio nacional y aquellas sobre las que la nación
ejerce su soberanía y jurisdicción, en las que los ambientes
originales no han sido significativamente alterados por la actividad
del hombre, y que han quedado sujetas al régimen de protección,
conservación, restauración y desarrollo.
APROVECHAMIENTO EXTRACTIVO. La utilización
de ejemplares, partes o derivados de especies silvestres, mediante colecta,
captura o caza.
APROVECHAMIENTO NO EXTRACTIVO. Las
actividades directamente relacionadas con la vida silvestre en su hábitat
natural que no impliquen la remoción de ejemplares, partes o
derivados, y que, de no ser adecuadamente reguladas, pudieran causar
impactos significativos sobre eventos biológicos, poblaciones
o hábitat de las especies silvestres.
APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE. Utilización
de los recursos naturales en forma que se respete la integridad funcional
y las capacidades de carga de los ecosistemas de los que forman parte
dichos recursos, por periodos indefinidos
ARTRÓPODO. Animales acuáticos
o terrestres, dotados de patas articuladas en número par y de
un caparazón quitinoso o calcáreo dividido en segmentos.
Como lo son los insectos, los arácnidos y los crustáceos.
BIODIVERSIDAD. La variabilidad de
organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otros, los ecosistemas
terrestres, marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos
ecológicos de los que forman parte. Comprende la diversidad dentro
de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas.
CAPACIDAD DE CARGA. Estimación
de la tolerancia de un ecosistema al uso de sus componentes, tal que
no rebase su capacidad de recuperarse en el corto plazo sin la aplicación
de medidas de restauración o recuperación para restablecer
el equilibrio ecológico.
CAZA DEPORTIVA. Actividad que consiste
en la búsqueda, persecución o acecho, para dar muerte
a través de medios permitidos a un ejemplar de fauna silvestre
cuyo aprovechamiento haya sido autorizado, con el propósito de
obtener una pieza o trofeo.
COLECTA. La extracción de ejemplares,
partes o derivados de vida silvestre del hábitat en que se encuentran.
CINEGÉTICO. Relativo al arte
o deporte de la caza.
CONSERVACIÓN. La protección,
cuidado, manejo y mantenimiento de los ecosistemas, los hábitats,
las especies y las poblaciones de la vida silvestre, dentro o fuera
de sus entornos naturales, de manera que se salvaguarden las condiciones
naturales para su permanencia a largo plazo.
EJEMPLARES O POBLACIONES FERALES.
Aquellos pertenecientes a especies domésticas que al quedar fuera
del control del hombre, se establecen en el hábitat natural de
la vida silvestre.
HÁBITAT. Sitio específico
en un medio ambiente físico, ocupado por un organismo, por una
especie o por comunidades de especies en un tiempo determinado.
JARDÍN BOTÁNICO. Lugar
destinado al cultivo de plantas y colecciones científicas de
ejemplares vivos con un fin científico. Generalmente son públicos
y tienen anexo un museo o institución botánica, que en
algunos casos forman parte de él.
LICENCIA DE CAZA. El documento mediante
el cual la autoridad competente acredita que una persona está
calificada, tanto por sus conocimientos sobre los instrumentos y medios
de las actividades cinegéticas, como de las regulaciones en la
materia, para realizar la caza deportiva en el territorio nacional.
MANEJO. Aplicación de métodos
y técnicas para la conservación y aprovechamiento sustentable
de la vida silvestre y su hábitat.
MASCOTA. Cualquier ejemplar de fauna
silvestre que es mantenido bajo cuidado y control de personas como compañía
u ornato.
MARCA. El método de identificación,
aprobado por la autoridad competente, que reúne las condiciones
para conocer la procedencia legal de ejemplares, partes o derivados.
MUESTREO. El levantamiento sistemático
de datos indicadores de las características generales, la magnitud,
la estructura y las tendencias de una población o de su hábitat,
con el fin de diagnosticar su estado actual y proyectar los escenarios
que podría enfrentar en el futuro.
ORGANIZADOR CINEGÉTICO. La
persona registrada en el Padrón de Organizadores Cinegéticos
que, personalmente o a través de asistentes cinegéticos
registrados, presta servicios de organización de actividades
para la cacería deportiva y, en su caso, para el aprovechamiento
cinegético en UMA.
PERMISO DE CAZA. Documento en forma
de estampilla que, adherida al Registro de Identificación Cinegética
permite a su titular realizar cacería deportiva de los ejemplares
de las especies o grupos de especies que en él se determinen
al momento de la expedición, para lo cual deberá contar
con el consentimiento previo de los propietarios o poseedores legítimos
de los predios en los que realice la actividad.
PLAN DE MANEJO. El documento técnico
operativo de las Unidades de Manejo para la Conservación de Vida
Silvestre sujeto a aprobación de la Semarnat, que describe y
programa actividades para el manejo de especies silvestres particulares
y sus hábitats y establece metas e indicadores de éxito
en función del hábitat y las poblaciones.
PROGRAMAS DE MANEJO DE ÁREAS NATURALES
PROTEGIDAS. Instrumento rector de planeación y regulación
que establece las actividades, acciones y lineamientos básicos
para el manejo y la administración de las áreas naturales
protegidas.
REGISTRO DE IDENTIFICACIÓN CINEGÉTICA.
Instrumento administrativo a partir del cual la Semarnat integra el
Padrón Nacional de Cazadores y cuya emisión previa es
condición para otorgar cualquier permiso de caza, así
como para cazar dentro de las UMA conforme a las tasas de aprovechamiento
autorizadas.
RECUPERACIÓN. Restablecimiento
de los procesos naturales y de los parámetros genéticos,
demográficos o ecológicos de una población o especie.
REINTRODUCCIÓN. Liberación planificada
al hábitat natural de ejemplares de la misma subespecie silvestre
o, si no se hubiera determinado la existencia de subespecies, de la
misma especie silvestre, que se realiza con el objeto de sustituir una
población desaparecida.
REPOBLACIÓN. Liberación
al hábitat natural de ejemplares de la misma subespecie silvestre
o, si no se hubiera determinado la existencia de subespecies, de la
misma especie silvestre, con el objeto de reforzar una población
disminuida.
SUMA. Sistema de Unidades de Manejo
para la Conservación de la Vida Silvestre integrado por la Semarnat
y constituido por el conjunto de UMA debidamente registradas, así
como por la información derivada de su administración,
operación y seguimiento de su operación.
UMA. Unidades de manejo para la conservación
de vida silvestre. Los predios e instalaciones registrados que operan
de conformidad con un plan de manejo aprobado y dentro de los cuales
se da seguimiento permanente al estado del hábitat y de poblaciones
o ejemplares que ahí se distribuyen.
TASA DE APROVECHAMIENTO. La cantidad
de ejemplares, partes o derivados que se pueden extraer dentro de área
y un período determinados, de manera que no se afecte el mantenimiento
del recurso y su potencial productivo en el largo plazo.
TAXÓN. Unidad taxonómica
de cualquier jerarquía de la clasificación de los organismos.
VIVERO. Terreno donde se germinan
y cultivan las plantas con el fin de propagarlas para ser transplantadas
después a un lugar definitivo.
VIDA SILVESTRE. Los organismos que
subsisten sujetos a los procesos de evolución natural y que se
desarrollan libremente en su hábitat, incluyendo sus poblaciones
menores e individuos que se encuentran bajo el control del hombre, así
como los ferales.