Financiamiento para la Zona Federal Marítimo Terrestre__________________Recuadro IV.6.4

Para el financiamiento de las acciones propuestas en la Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat), por parte de los diferentes subcomités municipales costeros instalados para la operación del Programa Especial de Aprovechamiento Sustentable de esta zona (ver Cuadro IV.6.1), se ha modificado la Ley Federal de Derechos para establecer que los recursos obtenidos por el cobro de los derechos puedan ser utilizados para el ordenamiento de la citada zona (ver Cuadro IV.6.2). Se han creado fondos para que la Federación, los estados y los municipios hagan sus aportaciones.

Para la creación de dichos fondos se ha modificado el Anexo No. 1 del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, conservando las participaciones de los tres niveles de gobierno, precisándose las facultades que se delegan, así como las obligaciones de cada nivel de gobierno.

Este nuevo Anexo contempla la descentralización del 100% de los ingresos fiscales derivados del uso y aprovechamiento de la Zofemat, estableciéndose la obligación de destinar el 30% de esos recursos al ordenamiento de esta zona (con aportaciones de 10% cada uno, de parte de los tres niveles de gobierno: federal, estatal y municipal). Asimismo, tiene como ventajas precisar las facultades delegadas a los municipios para la administración de los recursos captados por concepto de uso, goce y/o aprovechamiento de la Zofemat, y crear los fondos que se destinan a atender el financiamiento de cinco acciones prioritarias: delimitación, censo de ocupantes, zonificación ecológica, zonificación urbana e inspección y vigilancia (ver cuadro IV.6.2).


Fuente: Semarnat, Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental, Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros, México, 2002.

 

  Guardar 4k Guardar 64k