Convención Internacional sobre Tráfico de Especies Silvestres____________ Recuadro IV.10.3

Durante los años 60, inició el reconocimiento acerca de la sobreexplotación de la vida silvestre, a través del comercio internacional, misma que estaba poniendo en peligro a muchas especies vegetales y animales. En 1963, la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN) comenzó a promover la firma de una convención internacional para regular la exportación, tránsito e importación de especies silvestres, raras y amenazadas. En junio de 1972, durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano en Estocolmo, comenzaron las negociaciones internacionales en preparación para adoptar un acuerdo internacional en la materia. Las negociaciones finales tuvieron lugar en febrero de 1973, en Washington, Estados Unidos.

La CITES fue adoptada en marzo de 1973 y entró en vigor en 1975. Actualmente está integrada por 160 países y sus principales objetivos son monitorear y detener el comercio internacional de especies en peligro de extinción, conservar las especies que son objeto de comercio internacional y asistir a los países para lograr un manejo sustentable de las especies comerciales.

CITES regula el comercio de vida silvestre a través de controles y normas sobre una serie de especies listadas en los apéndices de la Convención. El Apéndice I contiene las especies amenazadas debido al comercio internacional. Su comercio sólo es permitido en circunstancias excepcionales.

Las especies contenidas en el apéndice II son sujetas de un estricto control de su comercio basado en cuotas o permisos que previenen su uso no sustentable y controles que mantienen los ecosistemas buscando evitar que estas especies sean puestas en peligro de extinción. En el apéndice III se encuentran las especies sujetas a regulación por alguna de la Partes de la Convención (es decir, países miembros de la misma), que requieren de la cooperación de otros países para controlar su comercio a nivel internacional.

Para incluir alguna especie en uno de los listados, una de las Partes da una propuesta basada en información científica y datos biológicos sobre la población y las tendencias en el comercio, al órgano central, conocido como la Conferencia de las Partes. La propuesta será aceptada si es aprobada por dos terceras partes de los países integrantes.

CITES sólo protege especies cuyas poblaciones estén evidentemente amenazadas por el impacto del comercio internacional. Actualmente la Convención protege aproximadamente 5 000 especies de fauna y 25 000 especies de flora. La Conferencia de la Partes decide de acuerdo a información científica y técnica, cuando incluir, mover o retirar algunas de las especies de los diferentes apéndices.

CITES también regula el comercio internacional a través de un sistema de permisos y certificaciones que son requeridos antes de que los especímenes entren o salgan de algún país. Cada país debe adoptar legislación nacional para designar una autoridad responsable para emitir esto permisos y certificaciones basada en la autoridad científica designada. Los registros del comercio internacional de cada país son enviados al Secretariado de CITES anualmente, los cuales son reunidos para integrar un volumen de comercio de la especies incluidas en los diferentes apéndices.

 

Fuente: CITES, Un instrumento para la conservación, Washington, 2002.

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