TRATAMIENTO
Es la acción de transformar los residuos de tal modo que sus
características CRETIB (corrosivas, reactivas, explosivas,
tóxicas, inflamables o biológico – infecciosas)
se modifiquen, perdiendo con ello su peligrosidad.
REUSO
Es el proceso de utilizar nuevamente los residuos peligrosos previamente
tratados. Pueden entonces aplicarse a un nuevo proceso de transformación
o de cualquier otro tipo.
RECICLAJE
Es la transformación de los residuos con la finalidad de reincorporarlos
a la cadena productiva. El reciclaje genera normalmente subproductos
o colas que también deben ser conducidos a un lugar adecuado
para su tratamiento y eventual confinamiento o incineración.
INCINERACIÓN
Es el tratamiento químico de los residuos que produce la liberación
de su energía y da origen a gases de combustión inocuos
y a cenizas o escorias. Éstas pueden ser tóxicas y deben
enviarse a un confinamiento controlado. Aún los incineradores
que destruyen el 99.9% del residuo generan cenizas que corresponden
al 3 o 4% del volumen alimentado.
CONFINAMIENTO CONTROLADO
Un confinamiento es una obra de ingeniería para la disposición
final de residuos peligrosos que garantiza su aislamiento definitivo,
de modo que no puedan escapar y afectar la salud o el ambiente. Los
diseños deben garantizar que no exista la posibilidad de filtraciones
al subsuelo y que los residuos no reaccionen en el futuro, por lo
que necesariamente deben estabilizarse antes de confinarlos, ya sea
mediante procesos físicos, químicos o biológicos.
Un líquido nunca se confinará. Éste debe estabilizarse
por medio de un segmentante, de tal suerte que se evite la migración
o la formación de lixiviados.