Circular Uno 2015, Normatividad en
Materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos
Desconcentrados y Entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal.
C.C. TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS, UNIDADES
ADMINISTRATIVAS, UNIDADES DE APOYO
TÉCNICO
OPERATIVO, ÓRGANOS DESCONCENTRADOS Y
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DEL
DISTRITO FEDERAL.
JORGE
SILVA MORALES, OFICIAL MAYOR DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento
en los artículos 12, fracción IV y 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal; 15, fracción XIV, 16 fracción IV y 33 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Distrito Federal y 5, fracción I, 7, fracción XIII,
26, fracción II y 27, fracción II del Reglamento Interior de la Administración
Pública del Distrito Federal, y
C O N S I D E R A N D O
Que
siendo atribución de la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, el
despacho de las materias relativas a la administración y desarrollo de
personal, la modernización, innovación, simplificación administrativa, mejora
regulatoria y atención ciudadana; los recursos materiales; los servicios
generales; las tecnologías de la información y comunicaciones; el patrimonio
inmobiliario.
Que
la Ley de Régimen Patrimonial y del Servicio Público ciñe las actuaciones de
las autoridades observar que la administración de los recursos públicos se
realice con base en criterios de legalidad, honestidad, austeridad, eficiencia,
eficacia, economía, racionalidad, resultados, transparencia, control, rendición
de cuentas, con una perspectiva que fomente la equidad de género y con un
enfoque de respeto a los derechos humanos.
Que
una de las atribuciones que corresponden a la propia Oficialía Mayor consiste
en establecer, conducir, impulsar y difundir las políticas para regular la
administración de recursos humanos y materiales, de servicios generales, de
tecnologías de la información y comunicaciones, de bienes y servicios
informáticos, del patrimonio inmobiliario, de los bienes muebles y del archivo
documental, de la Administración Pública del Distrito Federal, a través de la
emisión de la “Normatividad en
Materia
de Administración de Recursos”, conocida como Circular Uno, que establece las
directrices para la ejecución, por parte de las y los servidores públicos
adscritos, de las actividades inherentes a las materias antes referidas.
Que
en apego a los artículos 6 y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Distrito Federal, las Dependencias,
Órganos
Desconcentrados y Entidades, deben vigilar que sus actividades se conduzcan en
forma programada, con base en las políticas que para el logro de los objetivos
y prioridades determinen el Programa General de Desarrollo del Distrito
Federal,
los programas que derivan del mismo y los que establezca
el C. Jefe de Gobierno.
Que
a partir del ejercicio 2001, se ha publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal la Circular Uno, cuya observancia es de carácter obligatorio para las
Dependencias y Órganos Desconcentrados de la Administración Pública del
Distrito
Federal,
por lo que su cumplimiento es responsabilidad de sus Titulares, así como de los
encargados de las diversas áreas que componen cada una de ellas, en los
términos de Ley; mientras que tratándose de las Entidades del Distrito Federal,
solamente les son obligatorias aquellas disposiciones en donde se les alude
expresamente; sin que sea óbice el ajustar su actuación a los demás preceptos,
para ajustar y homologar sus actividades a las que corresponden a la
Administración Pública Centralizada, sólo en los casos en que así lo determinen
sus Órganos de Gobierno.
Que
a pesar de haberse reformado la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal y el Reglamento Interior en 2013, es hasta la presente
anualidad en que se incluyen en estas disposiciones, las que corresponden a las
materias de modernización, innovación, simplificación administrativa, las
tecnologías de la información y comunicaciones, considerando las aportaciones
efectuadas por las áreas involucradas.
Que
para la construcción de la presente circular se han abierto espacios para
consultar las Circulares Uno y Uno Bis por numeral, proporcionando a cualquier
persona que visite la página web de la Oficialía Mayor la oportunidad de emitir
propuestas, comentarios y sugerencias de manera libre y sin requerir a cambio
dato alguno de identificación, atendiendo, considerando y en muchos casos,
incluyendo dichas propuestas, en un ejercicio de rendición de cuentas e
inclusión.
Asimismo,
que las condiciones sociales y culturales de la Ciudad de México exigen a las
autoridades de todos los niveles implementar políticas que respondan a la
realidad, se han insertado medidas en materia de erradicación y combate a la discriminación,
especialmente la que nace de la apariencia exterior: edad, sexo, discapacidad,
preferencia o identidad sexual, o cualquier otro criterio que tenga por efecto
anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, de los derechos y
libertades fundamentales, así como la igualdad real de oportunidades de las
personas, o que atente contra la dignidad humana o produzca consecuencias
perjudiciales para los grupos en situación de discriminación, en la
contratación de recursos humanos y para la adquisición de bienes y servicios
por parte de proveedores que puedan ubicarse en esta circunstancia.
Adicionalmente y por ser un acto de justicia y equidad, se incluyen disposiciones
sobre inclusión de personas con discapacidad, relativas al Programa de
Estabilidad Laboral y para la atención especial para los trabajadores, en
materia de trámites para la jubilación y pensión. Todo lo anterior, con base en
los lineamientos, políticas y disposiciones legales promulgadas e impulsadas
por el C. Jefe de Gobierno.
Que
para la Circular Uno, en virtud de su aplicación y obligatoriedad a las
Dependencias, Órganos Desconcentrados y
Entidades,
resulta pertinente establecer disposiciones que regulen los Sistemas de Datos
Personales conforme la Ley en la materia.
Que
el C. Jefe de Gobierno, dio a conocer el cinco de agosto de 2015, el proyecto
Nueva Cultura Laboral CD MX, que incide en la eficacia, eficiencia y
efectividad de los servicios que presta el gobierno de esta Ciudad, al tiempo
que mejora la distribución de tiempos e incide en la administración de Recursos
Humanos y las Relaciones Laborales.
Que
la interpretación de las disposiciones administrativas contenidas en la
presente Circular, así como aquellas situaciones administrativas no previstas
en ella, serán resueltas por esta Oficialía Mayor, a través de las Unidades
Administrativas que tiene adscritas, en el ámbito de su respectiva competencia.
Que
considerando todo lo anterior; he tenido a bien expedir la siguiente:
CIRCULAR
UNO 2015, NORMATIVIDAD EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS PARA LAS
DEPENDENCIAS,
UNIDADES ADMINISTRATIVAS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE APOYO TÉCNICO
OPERATIVO,
ÓRGANOS DESCONCENTRADOS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL
DISTRITO
FEDERAL