Órgano de Difusión del Gobierno de la Ciudad de México
VIGÉSIMA PRIMERA ÉPOCA |
29 DE
OCTUBRE DE 2020 |
No. 462 Bis |
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Jefatura de Gobierno
¨ Decreto por el que se reforma el inciso c), se adiciona un inciso e) a la fracción XI y se adiciona una fracción XVII del artículo
35 de la Ley del Derecho al Acceso, Disposición y Saneamiento del
Agua de la Ciudad de México 4
¨ Decreto por se reforma el primer párrafo y la fracción
III del artículo 26; y se reforma el primer párrafo y fracción II del artículo
28, ambos de la Ley de Igualdad
Sustantiva entre Mujeres
y Hombres de la Ciudad de México 6
¨ Decreto por el que se abroga la Ley de Salvaguarda del Patrimonio Urbanistico Arquitectonico del Distrito
Federal y se expide la Ley de Patrimonio Cultural,
Natural y Biocultural de la Ciudad de México 8
Agencia Digital
de Innovación Pública
¨ Acuerdo por el que se expiden
los Lineamientos para la Presentación y Atención de la Protesta Ciudadana
en la Ciudad de México 29
Continúa en la pág.
2
Índice
Viene de la Pág. 1
¨ Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos para la elaboración y presentación de la Agenda Regulatoria y los Programas de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México 36
¨ Acuerdo por el que se expiden los Lineamientos para llevar a cabo el Análisis de Impacto Regulatorio que deberán observar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Entidades y Alcaldías de la Administración Pública de la Ciudad de México 53
¨ Acuerdo por el que se expiden los Lineamientos para la operación del registro electrónico de Trámites y Servicios de la Ciudad de México 89
¨ Reglamento de Sesiones del Consejo de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México 102
¨ Aviso por el que se da a conocer
la Estrategia de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México 2020
- 2032 112
Secretaría de Salud
¨ Aviso por el que se informa
del cambio de domicilio de la Secretaría de Salud de la Ciudad
de México, y se señalan los días inhábiles y de suspensión
de plazos y términos, en los asuntos
que se tramitan ante las Unidades Administrativas que se indican 159
Consejería Jurídica
y de Servicios Legales
¨ Acuerdo por el que se da por terminada
parcialmente la suspensión
de términos establecida en la Declaratoria de Emergencia con motivo del fenómeno sísmico
ocurrido el diecinueve de septiembre de dos mil diecisiete, únicamente de los procedimientos a cargo de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos de la Consejería Jurídica
y de Servicios Legales
del Gobierno de la Ciudad
de México que se indican 162
¨ Acuerdo por el que se habilitan
los trámites de la Dirección General del Registro
Púlico de la Propiedad y de Comercio,
adscrita a la Consejería Jurídica
y de Servicios Legales del Gobierno de
la Ciudad de México
que se señalan 165
Alcaldía en Iztapalapa
¨ Proceso de consulta en los ocho barrios de Iztapalapa de las Acciones
de la Alcaldía Iztapalapa tendientes al mejoramiento de los espacios
públicos en los barrios
de la Asunción, San Lucas y
San Pablo de la demarcación territorial Iztapalapa 168
Alcaldía en la Magdalena Contreras
¨ Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria para la Acción
Social denominada “Día de Muertos”,
para el Ejercicio Fiscal 2020 a cargo de la Dirección General de Bienestar
Social de la Alcaldía la Magdalena Contreras 173
MTRO. JOSÉ ANTONIO PEÑA MERINO, Secretario Ejecutivo del Consejo de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 2 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 2, 7, 8, 14 fracción XXVIII de la Ley de Operación e Innovación Digital para la Ciudad de México; 11, 12 inciso u), 25 fracción I, 27, 28 fracción III y XIX de la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México; 1, 6 último párrafo, 277 y 279 fracción I y XXVIII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; y
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 25 último párrafo establece que las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia, deberán implementar políticas públicas de mejora regulatoria para la simplificación de regulaciones, trámites y servicios.
Que la Ley General de Mejora Regulatoria establece en su artículo 28, que los Sistemas de Mejora Regulatoria de las Entidades Federativas tienen entre sus funciones, la de coordinarse con el Sistema Nacional para implementar la política de mejora regulatoria conforme a la Estrategia en su Entidad Federativa.
Que la Constitución Política de la Ciudad de México dispone en su artículo 17, en lo referente a la política económica, que las autoridades de los distintos órdenes de gobierno de la Ciudad someterán, de manera permanente, continua y coordinada, sus actos, procedimientos y resoluciones con carácter normativo a la Mejora Regulatoria, conforme a la Ley en la materia.
Que el Programa de Gobierno 2019-2024 señala en el Eje 6 de Ciencia, Innovación y Transparencia, Subnumeral 6.1.1 Gestión de capas de información, como principales acciones de gobierno:
●
Reducir y simplificar trámites
en la ciudad, mudarlos electrónicamente para hacer más eficiente el servicio público
por medio de una plataforma única;
●
Mejorar la interacción del gobierno para eliminar costos
de tiempo y productividad para la ciudadanía; y
●
Generar una mejora
integral de desregulación basada en la eliminación de cargas administrativas.
Que de conformidad con el artículo 15 fracción II de la Ley de Mejora Regulatoria, dentro de las atribuciones del Consejo de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México, se encuentra la de aprobar, a propuesta del Titular de la Unidad, la Estrategia.
Que en su artículo 21 de la citada ley, la Estrategia es el instrumento que tienen como propósito programático el articular la política de mejora regulatoria de los Sujetos Obligados a efecto de asegurar el cumplimiento de la misma Ley, con un horizonte a doce años, con programas anuales, y evaluaciones cada seis meses. La cual será formulada por la Unidad, aprobada por el Consejo, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, y dicha Estrategia será de observancia obligatoria para los Sujetos Obligados de la Ciudad de México.
Que en Primera Sesión Extraordinaria del Consejo, celebrada el 14 de octubre de 2020, se instruyó al Secretario Ejecutivo del Consejo de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México, realizar las gestiones necesarias para proceder con la publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México de la Estrategia de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México. En virtud de lo anterior, se emite el siguiente:
ÚNICO. Se hace del conocimiento de los Sujetos Obligados en materia de Mejora Regulatoria de la Administración Pública de la Ciudad de México, y de la ciudadanía en general, la Estrategia de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México, con vigencia del año 2020 al año 2032.
PRIMERO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO. La Estrategia de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México, entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Dado en la Ciudad de México, a los veintisiete días del mes de octubre de dos mil veinte (Firma)
SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO DE MEJORA REGULATORIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Estrategia de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México 2020 - 2032
SISTEMA DE MEJORA
REGULATORIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
AGENCIA DIGITAL DE INNOVACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
OCTUBRE 2020
CONTENIDO
Introducción
Política de Mejora Regulatoria
Conceptualización de la Mejora Regulatoria Marco de referencia de la Mejora Regulatoria
Relación con otros Instrumentos de Planeación de la Ciudad de México Retos en el mediano plazo
Diagnóstico de la Política de Mejora Regulatoria en la Ciudad de México
Marco Regulatorio de la Ciudad de México
La Ciudad de México en los indicadores nacionales de Mejora Regulatoria Marco Normativo de la Política de Mejora Regulatoria en la Ciudad de México Institucionalización de la Mejora Regulatoria
Herramientas y acciones implementadas en materia de Mejora Regulatoria La Estrategia
Líneas Estratégicas Generales
Objetivos y líneas de acción al corto, mediano y largo plazo Horizonte de implementación de objetivos y líneas de acción Acciones prioritarias de Simplificación y Digitalización Corto Plazo Mecanismos de Coordinación con la Federación y Estados
Herramientas de Mejora Regulatoria Uso Sistemático
Metodologías y criterios para revisar, actualizar y mejorar el acervo regulatorio Mecanismos para fortalecer las capacidades jurídicas e institucionales
Medidas para reducir y simplificar Trámites y Servicios Mecanismos e Indicadores de Evaluación
Mecanismos de observación y cumplimiento de indicadores
Estándares mínimos para la implementación de las herramientas
Glosario
ACB: La metodología que permite evaluar y comparar en términos monetarios los impactos, positivos y negativos de las regulaciones.
ADIP: Agencia Digital de Innovación Pública, quien funge como Unidad de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México.
Agenda: A la Agenda Regulatoria que deberán presentar los Sujetos Obligados a la Unidad de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México.
AIR: Análisis de Impacto Regulatorio.
Alcaldías: Órganos político administrativos de cada una de las demarcaciones territoriales.
Consulta Pública: Instrumento de transparencia, rendición de cuentas y Mejora Regulatoria donde los diferentes sectores de la sociedad opinan sobre las propuestas de creación de regulaciones, reforma o modificación de las mismas, así como de su Análisis de Impacto Regulatorio.
Cuenta de Usuario: El nombre y clave de acceso para los usuarios de la Plataforma para la implementación del Análisis de Impacto Regulatorio generada por la ADIP de forma personal e intransferible.
Desregulación: Componente de la Mejora Regulatoria que se refiere a la eliminación parcial o total de la regulación vigente que inhibe o dificulta el fomento de la actividad económica en la entidad o el bienestar de la sociedad.
LGMR: Ley General de Mejora Regulatoria.
Lineamientos: Lineamientos para la operación e implementación del portal de Análisis de Impacto Regulatorio por parte de los Sujetos Obligados.
LMRCDMX: Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México.
MCE: Metodología del Modelo de Costeo Estándar empleada para estimar el costo de la carga administrativa de las regulaciones y su impacto social y económico.
Mejora Regulatoria: Política pública que consiste en la generación de normas claras; de trámites, servicios y actuaciones de similar naturaleza simplificados, así como de instituciones eficaces para su creación y aplicación, que se orienten a obtener el mayor valor posible de los recursos disponibles y el óptimo funcionamiento de las actividades comerciales, industriales, productivas, de servicios y de desarrollo humano de la sociedad en su conjunto.
Programas: Programas de Mejora Regulatoria de los Sujetos Obligados.
Portal: Sistema electrónico que implementa, integra, da seguimiento y monitorea el Análisis de Impacto Regulatorio, la Agenda Regulatoria y los Programas de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México.
Propuesta Regulatoria: Anteproyecto de regulación que los Sujetos Obligados someterán a consideración de la Unidad de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México.
RETyS: Registro Electrónico de Trámites y Servicios, sistema institucional electrónico en el que se inscriben, validan y difunden los trámites, servicios y actuaciones de similar naturaleza; que norman, aplican, operan y resuelven los Sujetos Obligados, para dar certeza jurídica y transparencia a la ciudadanía.
Regulación: Cualquier normativa de carácter general cuya denominación puede ser Acuerdo, Circular, Código, Criterio, Decreto, Directiva, Disposición de carácter general, Disposición Técnica, Estatuto, Formato, Instructivo, Ley, Lineamiento, Manual, Metodología, Regla, Reglamento, o cualquier otra denominación de naturaleza análoga que expida cualquier Sujeto Obligado.
Resolución: Acto administrativo que pone fin a una solicitud realizada ante los Sujetos Obligados de la Ciudad de México, de acuerdo con sus respectivas atribuciones.
Simplificación Administrativa: Reducción de cargas administrativas para favorecer y fomentar la actividad económica y facilitar las relaciones entre los ciudadanos con las Alcaldías y la Administración Pública.
Sujetos Obligados: Las dependencias, órganos desconcentrados, organismos descentralizados, empresas de participación estatal, fideicomisos públicos y Alcaldías de la Administración Pública de la Ciudad de México. Los poderes Legislativo y Judicial de la Ciudad de México, así como los organismos con autonomía constitucional del orden local y los organismos con jurisdicción contenciosa que no formen parte del poder judicial, serán Sujetos Obligados sólo para efectos de lo previsto en el Capítulo Segundo del Título Tercero de la Ley.
OCDE: Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, instancia internacional encargada de promover el desarrollo económico y social en el mundo.
Unidad de Mejora
Regulatoria: A la Agencia Digital de Innovación Pública de la Ciudad de México.
Usuario: Persona servidora pública de la Administración Pública y las Alcaldías de la Ciudad de México que opera el portal de alguna de las herramientas de Mejora Regulatoria.
En los últimos 20 años, la Ciudad de México se ha transformado radicalmente, convirtiéndose en la metrópoli más importante del país y de América Latina, es el centro político, económico, social y cultural del país y por lo tanto el sitio donde se toman las principales decisiones que impactan en el ámbito nacional.
Gobernar la capital del país es una tarea ardua que la actual administración de la Ciudad de México entiende y trabaja, para que los procesos político administrativos se lleven a cabo de forma eficiente y eficaz para lograr los mejores resultados en beneficio de la sociedad.
Uno de los principales retos del Gobierno de la Ciudad es la lucha contra la corrupción y los actos discrecionales de la autoridad; elementos que han repercutido en acentuar las disparidades sociales y económicas.
Un segundo reto es la democracia y la justicia, donde los distintos sectores de la sociedad puedan tener los mismos derechos y donde la innovación debe ser el principal motor para lograr un gobierno abierto e incluyente para todos, bajo principios de eficiencia, transparencia y rendición de cuentas.
En la búsqueda de nuevas formas de interactuar con los gobernados, quienes hoy en día exigen mejores esquemas de inclusión y participación; la transparencia y rendición de cuentas se vuelven factores determinantes para un gobierno eficiente; es por ello que la incorporación de las tecnologías de la información en la gestión de gobierno se vuelve imprescindible para lograrlo.
Con la publicación de la Ley General de Mejora Regulatoria, en mayo de 2018, el Gobierno de la Ciudad de México adquirió la obligación de aplicar los principios rectores en materia de Mejora Regulatoria, en la búsqueda de mayores beneficios que costos, accesibilidad tecnológica, transparencia y rendición de cuentas, generación de mejores regulaciones, apostando por la gestión de trámites y servicios simplificados, menos engorrosos que den mayor seguridad jurídica a los gobernados, con el objetivo de reconstruir la confianza de la sociedad, el desarrollo social, sostenible y económico de la Ciudad.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley General, la mejora regulatoria a través del seguimiento de la Estrategia se orientará por los siguientes principios:
I. Mayores beneficios que costos y el máximo beneficio social;
II.
Seguridad jurídica que propicie la certidumbre de derechos
y obligaciones;
III.
Focalización a objetivos claros, concretos y bien definidos;
IV.
Coherencia y armonización de las disposiciones que integran el marco regulatorio nacional;
V.
Simplificación, mejora y no duplicidad en la emisión
de Regulaciones, Trámites y Servicios;
VI.
Accesibilidad tecnológica;
VII.
Proporcionalidad, prevención razonable
y gestión de riesgos;
VIII.
Transparencia, responsabilidad y rendición de cuentas;
IX.
Fomento a la competitividad
y el empleo;
X.
Promoción de la libre concurrencia y competencia económica, así como del funcionamiento eficiente de los mercados, y
XI.
Reconocimiento de asimetrías en el cumplimiento regulatorio.
En la misma Ley General se da paso a un Sistema Nacional de Mejora Regulatoria, cuyo objetivo es la coordinación de los tres órdenes de gobierno a través la Estrategia Nacional de Mejora Regulatoria, presentada el pasado 19 de agosto de 2019 en la instalación del Consejo Nacional de Mejora Regulatoria, con una visión programática de 20 años y que articula la política de mejora regulatoria del país.
Es por ello que las acciones de política pública implementadas desde el inicio de la administración del Gobierno de la Ciudad de México han permitido que el tema de la Mejora Regulatoria se convierta en un pilar importante para llevar a cabo un proceso de innovación de la gestión gubernamental; en este sentido, con la creación de la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP), se incorporaron las tareas sustantivas de simplificación administrativa y mejora continua en dicho desconcentrado, para fortalecer la política de Mejora Regulatoria y gobierno digital.
Asimismo, con la publicación de la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México (LMRCDMX) el 30 de diciembre de 2019, el Gobierno de la Ciudad avanza de forma importante en la implementación de la política de mejora regulatoria, en la coordinación del Sistema Local con el Nacional.
En este contexto y de conformidad con el artículo 21 de la LMRCDMX, y de conformidad con el artículo 21 de la LMRCDMX, se presenta la Estrategia de Mejora Regulatoria para un Gobierno Abierto de la Ciudad de México 2020 - 2032, que pretende ser el principal instrumento programático, que articule las acciones del Sistema de Mejora Regulatoria de la Ciudad con el Sistema Nacional de Mejora Regulatoria a 12 años y que permita definir el rumbo de la política local en la materia.
La Estrategia se compone de 6 capítulos; el primero hace referencia a los elementos teórico conceptuales de la Mejora Regulatoria y que define sus alcances, ámbitos de acción y los beneficios de su implementación. El segundo describe la relación que debe guardar el alcance de la política con la Estrategia Nacional y con los instrumentos de planeación de la Ciudad de México, particularmente con el Programa de Gobierno 2020 - 2024.
En el tercer capítulo se presenta un breve diagnóstico de la política de Mejora Regulatoria a nivel local y los principales retos que se tienen en la actualidad en los distintos ámbitos de la administración pública y Alcaldías; en el cuarto se definen la misión, visión y líneas estratégicas, así como los objetivos, líneas de acción y el horizonte que deberán cumplir los Sujetos Obligados de la Ciudad de México en el corto, mediano y largo plazo, así como las acciones de coordinación con la federación y otras entidades del país.
En el capítulo quinto se hace referencia las principales herramientas de Mejora Regulatoria, mediante las se lograrán el cumplimiento de los objetivos de la Estrategia; destacando el Catálogo de Regulaciones, Trámites y Servicios, el Análisis de Impacto Regulatorio, la Agenda Regulatoria, los Programas de Mejora Regulatoria, la Protesta Ciudadana, el Registro de Visitas Domiciliarias y el Expediente Electrónico.
Por último, el sexto capítulo describe de forma clara los mecanismos para evaluar la política de Mejora Regulatoria y los indicadores básicos que se generarán para medir su eficiencia.
1.1. Conceptualización de la Mejora Regulatoria
La Mejora Regulatoria tiene su sustento en la teoría de la regulación económica; desde los primeros intentos de implementación para dar respuesta a las deficiencias del mercado, donde el gobierno tiene que intervenir para regular y con ello garantizar mayor eficiencia; a dichas deficiencias se les conoce como fallos de mercado, que pueden clasificarse en fallos en la competencia, externalidades negativas, problemas de bienes públicos, problemas de información y mercados incompletos.
Más allá de esta conceptualización meramente económica, la regulación se concibe como el conjunto de reglas que establecen criterios para normar las distintas actividades económicas, sociales e incluso administrativas que buscan el bienestar máximo de la sociedad, teniendo como objetivos, además de buscar el funcionamiento eficiente de los mercados, el de generar mayores beneficios que costos a los ciudadanos; emitir normas claras, trámites y servicios simplificados e instituciones más eficaces.
En este sentido, la Mejora Regulatoria es una política pública que se basa en la generación de regulaciones claras, trámites y servicios simplificados, así como de instituciones eficaces para su creación y aplicación, que se orienten a obtener el mayor valor posible de los recursos disponibles y el óptimo funcionamiento de las actividades comerciales, industriales, productivas, de servicios y de desarrollo humano de la sociedad en sus conjunto, de aplicación en el ámbito de la Ciudad de México y vincularla directamente desde la perspectiva gubernamental con la simplificación de trámites y servicios en beneficio de la ciudadanía.
La Estrategia Nacional de Mejora Regulatoria establece claramente el papel de la Mejora Regulatoria y su impacto en el desempeño de la actividad económica, es decir, mejora la competencia, define los derechos de propiedad, brinda certidumbre jurídica, corrige los fallos de mercado, fomenta la actividad empresarial y la protección ciudadana; además mejora la gestión del gobierno de forma transversal a través de una política sistemática de revisión y diseño del marco regulatorio y de sus trámites y servicios; así, la Mejora Regulatoria:
●
Es un instrumento de política pública que promueve la interacción entre
el gobierno y la ciudadanía, a través de reglas claras, para obtener el máximo
bienestar social;
●
Se basa en la generación de normas claras, trámites y servicios
simplificados e instituciones eficaces para su
creación y aplicación;
●
Permite el establecimiento de mecanismos de disminución de la carga regulatoria a través de acciones de simplificación administrativa, mejora continua y digitalización de trámites y servicios en beneficio de los particulares;
●
Es la respuesta ordenada e institucionalizada al desorden normativo
que impera desde hace años en la administración pública de los tres órdenes de gobierno.
Es de destacar entonces, que la Mejora Regulatoria, en su implementación, debe ser un proceso continuo que debe considerar criterios de planeación, transparencia, consulta pública, revisión, diseño, instrumentación, seguimiento y evaluación para llevar a cabo de forma sistemática la revisión de las regulaciones que permitan el fortalecimiento institucional a partir de la participación de los distintos sectores de la sociedad.
Para el caso de la Ciudad de México, el fin es que la Mejora Regulatoria abone a cerrar los espacios para la corrupción, transparentar los procedimientos, eliminar los mediadores políticos, crear un marco normativo necesario para el acceso a las tecnologías que garanticen la interoperabilidad entre las dependencias y las alcaldías, donde las soluciones tecnológicas sean una herramienta idónea para la innovación y la productividad. Los beneficios de su implementación se centran principalmente en trámites y servicios simplificados, reducción de tiempos y costos de interacción con el gobierno, ahorro en la utilización de tecnologías y mayor certeza jurídica a los gobernados.
Lo anterior permitirá transitar hacia la gobernanza regulatoria necesaria a partir de los ciclos establecidos que promueven organismos internacionales como la OCDE y el Banco Mundial: el desarrollo de una política pública, el diseño de nuevas regulaciones, observación y cumplimiento por último monitoreo y evaluación de las mismas a través de las 4 C´s de la figura 1
Figura 1: Ciclo de la Gobernanza Regulatoria
Fuente: OCDE 2016, el ABC de la Mejora Regulatoria para entidades federativas y municipios.
En el contexto internacional, algunos organismos han trabajado en recomendaciones puntuales para la implementación de la Mejora Regulatoria, principalmente en temas subnacionales, con el propósito de mejorar la calidad de las regulaciones en diversos países, entre ellos México, a partir de incentivos potenciales para el desarrollo económico y reactivación de la economía.
La OCDE, por ejemplo, ha promovido un reporte de “Prácticas y Políticas Exitosas para Promover la Mejora Regulatoria y el Emprendimiento a Nivel Subnacional”,1 a partir de una Agenda Regulatoria Multinivel que permita la implementación de la política en los estados y municipios del país. Las principales recomendaciones que establece este organismo son:
I.
Colocar la Mejora Regulatoria en la Agenda Política, donde los jefes
políticos, gobernadores y alcaldes asuman un
compromiso público para implementar la política; fundamentar
normativamente las principales herramientas de
Mejora Regulatoria, llevar a cabo la programación, monitoreo y
evaluación de la política; así como incentivar el emprendimiento a través del mejoramiento del ambiente de negocios;
II.
Diseño y desarrollo institucional; contar con una unidad de Mejora
Regulatoria, generación de los mecanismos necesarios
para la participación ciudadana, instalación del consejo local de Mejora
Regulatoria, enlaces de Mejora Regulatoria y contar con un sistema de gestión de calidad;
III.
Políticas y Herramientas para la Mejora Regulatoria; contando con
mecanismos de control del flujo regulatorio,
consulta regulatoria, programas
de simplificación administrativa, gobierno electrónico, cumplimiento e inspecciones, prácticas de evaluaciones ex post; y
IV.
Políticas Marco para la Competitividad; elemento de carácter más
sectorial que consta de programas de apoyo para el emprendimiento y para
Pymes.
Por otro lado, la Estrategia Nacional de Mejora Regulatoria hace referencia a los mismos elementos, como una síntesis de las coincidencias, en las recomendaciones que hacen, además de la OCDE, el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), proponen las siguientes:
1. Cuerpo especializado encargado de revisar el impacto
de las regulaciones;
2. Impulsar las buenas prácticas
regulatorias internacionales;
3. Transparencia en la regulación; Consulta pública;
4.
Implementación del Análisis
de Impacto Regulatorio;
5. Análisis de Impacto Regulatorio ex post;
6. Accesibilidad a las leyes y
regulaciones, y
7. Accesibilidad tecnológica para que los ciudadanos puedan
sugerir al gobierno
temas de regulaciones.
De lo anterior se resume que existen cuatro pilares fundamentales de la gobernanza e implementación de la política de Mejora Regulatoria a nivel subnacional:
Figura 2: Pilares para la Gobernanza Regulatoria en la CDMX
Fuente: Elaboración con datos de la Estrategia Nacional de Mejora Regulatoria
Los elementos antes descritos formaron parte fundamental en las discusiones para que el gobierno federal a través de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) emitiera la Ley General de Mejora Regulatoria publicada en mayo de 2018.
2.1. Retos en el mediano plazo
La Constitución Política de la Ciudad de México establece en su artículo 15 Apartado B, numerales 1 y 4, así como en su apartado C numerales 1 y 4, un Sistema de Planeación y Evaluación que tendrá como instrumentos rectores el Plan General de Desarrollo, el Programa de Ordenamiento Territorial y los de cada Alcaldía, el Programa de Gobierno de la Ciudad de México y los sectoriales, especiales e institucionales.
Particularmente, el Programa de Gobierno 2019 - 2024 de la Ciudad de México tiene como principal objetivo hacer un gobierno eficiente, donde se restablezca la confianza de los gobernados abatiendo la corrupción y estableciendo una política de austeridad, pero bajo principios orientadores de la Constitución de la Ciudad de México:
1.
Innovación;
2. Sustentabilidad;
3.
Igualdad;
4.
Honestidad; y
5. Gobierno abierto.
La política de Mejora Regulatoria, como política transversal, pretende contribuir al logro de los anteriores ejes, a través de la implementación de las herramientas de Mejora Regulatoria; principalmente en el quinto principio, el de gobierno abierto; donde la tecnología digital juega un papel preponderante en la participación social y organizativa en coordinación con el gobierno.
Derivado de lo anterior, podemos considerar que la mejora regulatoria se inserta de manera directa en el sexto eje del Programa de Gobierno, denominado Ciencia, Innovación y Transparencia; en su apartado de tecnologías, donde se establece la disminución sustancial y sostenible de los costos de interacción entre el gobierno y la ciudadanía para estimular la innovación, la credibilidad en la economía de la Ciudad de México y su productividad, en favor del desarrollo de la Entidad y de sus habitantes.
Las herramientas que se establecen en la presente Estrategia se relacionan de forma adecuada a las principales acciones que plantea el eje de ciencia, innovación y transparencia, en su Subnumeral 6.1.1 Gestión de capas de información, a partir del siguiente esquema:
Cuadro 1: Acciones de Gobierno 2019 - 2024 y las herramientas de Mejora Regulatoria
ACCIONES DEL PROGRAMA DE GOBIERNO 2019
– 2024 |
HERRAMIENTAS DE MEJORA REGULATORIA 2020 - 2024 |
1. Reducir y simplificar trámites en la ciudad, mudarlos electrónicamente para hacer
más eficiente el servicio público
por medio de una plataforma única. |
●
Programas de Mejora
Regulatoria ●
Registro Electrónico de Trámites y Servicios ●
Simplificación de Trámites y servicios ●
Protesta ciudadana ●
Ventanilla Electrónica |
2. Mejorar la interacción del gobierno para eliminar costos de tiempo y productividad
para la ciudadanía. |
●
Programas de Mejora
Regulatoria ●
Registro Electrónico de Trámites y Servicios ●
Simplificación de Trámites y servicios ●
Protesta ciudadana ●
Ventanilla Electrónica |
3. Generar una mejora
integral de desregulación basada en la eliminación de cargas administrativas. |
●
Agenda Regulatoria ●
AIR ●
Registro de Regulaciones |
Fuente: Elaboración de la ADIP con base en las acciones del Programa de Gobierno 2020 - 2024 de la Ciudad de México.
Para resumir la relación descrita en la tabla anterior, el principal reto de la Estrategia de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México es que la implementación de las herramientas abone a garantizar un gobierno abierto, digital e incluyente a partir de la revisión de las regulaciones, así como la simplificación y mejora de los trámites y servicios.
3.1. Marco Regulatorio de la Ciudad
de México
La Ciudad de México actualmente cuenta con un marco regulatorio de alrededor de 2,532 regulaciones vigentes, de las cuales el 41.6% corresponden a Acuerdos y Avisos, seguidos por Lineamientos, Reglas, Leyes y Reglamentos con el 8.8%, 7.4%, 7.0% y 6.7 %, respectivamente, como se muestra en la gráfica 1, las cuales carecen de un diagnóstico regulatorio y en ocasiones generan sobrerregulación, por lo que es importante someter a toda nueva regulación a un Análisis de Impacto Regulatorio para identificar los impactos, costo y beneficios previo a su publicación y bajo los principios establecidos en la Ley General, la Estrategia Nacional y la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México.
Gráfica 1. Regulaciones Vigentes en la Ciudad de México
Fuente: Elaboración de la ADIP con base en información del Prontuario Normativo Digital de la Ciudad de México (septiembre de 2019).
En la revisión a las publicaciones que se llevaron a cabo en un periodo de 4 meses, la Gaceta Oficial de la Ciudad de México emitió un volumen de 721 regulaciones nuevas y de reforma principalmente; esto implicaría que en cuatro meses se debieron emitir el mismo número de dictámenes regulatorios, lo que nos da un promedio de 241 mensuales y un total de 12 regulaciones diarias.
Con la publicación de la Constitución de la Ciudad de México el 5 de febrero de 2017 y con el cambio de Administración en diciembre de 2018, la creación, reforma y eliminación de regulaciones ha sido una tarea dinámica y permanente por parte de las autoridades para lograr la alineación jurídica y normativa ante los retos que representa el generar un gobierno más eficiente, sin embargo es importante mencionar que aun cuando la Ley de Mejora Regulatoria del 2017 (ya abrogada) establecía que previo a su publicación, las regulaciones debían someterse a un proceso de revisión a través de la Manifestación de Impacto Regulatorio (ahora AIR), no se llevó a cabo la generación de la normatividad secundaria para lograr implementar dicha herramienta, por lo que al día de hoy es uno de los objetivos de la presente Estrategia.
En el contexto internacional y nacional existen distintos indicadores que nos permiten evaluar la calidad de las regulaciones y su implementación. Algunos de ellos consideran la percepción de los sujetos regulados, otros evalúan directamente el diseño y desempeño de la política y las herramientas de Mejora Regulatoria que implementan las distintas áreas de gobierno.
La percepción y experiencia de las empresas y los ciudadanos que son sujetos a distintas regulaciones nos permite conocer y medir la calidad de las mismas, en este sentido el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), llevó a cabo la
Encuesta Nacional de Calidad Regulatoria e Impacto Gubernamental (ENCRIGE) para el año 20162, la cual ofrece información sobre la percepción, experiencia y satisfacción de las unidades económicas de las entidades del país respecto a los trámites y servicios ofrecidos por el gobierno y las regulaciones a las que están sujetas.
La encuesta muestra que, en 2016, para las unidades económicas de la Ciudad de México las cargas administrativas asociadas al cumplimiento del marco regulatorio representaban en promedio $66,874.00 (sesenta y seis mil ochocientos setenta y cuatro pesos 00/100 M.N.), como muestra la gráfica 2. Esta cifra, se encuentra por arriba del promedio nacional que fue de $48,871.00 (cuarenta y ocho mil ochocientos setenta y un pesos 00/100 M.N.), lo que representa un alto costo para las empresas entender y cumplir con las regulaciones vigentes que regulan las actividades económicas.
Gráfica 2. Costo Promedio de Cumplimiento del Marco Regulatorio
Fuente: Elaboración de la ADIP con datos de la ENCRIGE 2016.
Respecto a las Alcaldías, la misma encuesta reportó que los mayores costos de cumplimiento por unidad económica los generó la Alcaldía de Álvaro Obregón, con un equivalente de $319,141.00 (trescientos diecinueve mil ciento cuarenta y un pesos 00/100 M.N.), mientras que los menores costos los generó la Alcaldía de Azcapotzalco con $17,330.00 (diecisiete mil trescientos treinta pesos 00/100 M.N.), lo que se puede apreciar en la gráfica 3.
Gráfica 3. Costo Promedio de Cumplimiento del Marco Regulatorio de las Alcaldías más representativas
Fuente: Elaboración de la ADIP con datos de la ENCRIGE 2016.
De igual forma, el 78.1% de las unidades económicas consultadas en la Ciudad, consideran que el marco regulatorio vigente representa un obstáculo para el éxito de su negocio, dato que se encuentra 6.5 puntos porcentuales por encima de la media nacional como se muestra en la gráfica 4.
2 Se considera a la ENCRIGE 2016 para hacer comparaciones
a nivel nacional debido a que en 2019 únicamente la Ciudad de México
aplicó la encuesta.
Gráfica 4. Percepción del Marco Regulatorio como Obstáculo para el Éxito del Establecimiento
Fuente: Elaboración de la ADIP con datos de la ENCRIGE 2016.
Lo anterior se puede explicar a partir de considerar que en la Ciudad de México el sector empresarial percibe que el gobierno no garantiza trámites ágiles y fáciles en la obtención de los permisos, autorizaciones, dictámenes y licencias para giros de bajo, mediano y alto impacto para su operación y se convierte, junto con la corrupción, en los principales obstáculos para el éxito del funcionamiento de los establecimientos.
En el mismo sentido, la gráfica 5 muestra la percepción que tienen las unidades económicas sobre el marco regulatorio en las Alcaldías, que a pesar de tener limitada su actuación en cuanto a trámites y servicios empresariales, sí generan una percepción negativa para el sector. Por ejemplo; las Alcaldías de Benito Juárez, Miguel Hidalgo, Cuauhtémoc, Álvaro Obregón y Gustavo A. Madero; fueron las que reportaron una percepción negativa con 74.6%, 69.7%, 68.2%, 58.5% y 51.2% respectivamente; ya que consideraron que en el 2016 las condiciones para cumplir con el marco regulatorio no mejoraron respecto a los reportes del 2015 de la misma encuesta.
Gráfica 5. Percepción Negativa por Alcaldía, más representativa, de la variación de las Condiciones para Cumplir con el Marco Regulatorio
Fuente: Elaboración de la ADIP con datos de ENCRIGE 2016.
Otro de los indicadores que analiza el ambiente de negocios favorable para la apertura de establecimientos, a nivel internacional, es el Doing Business, que evalúa la facilidad de iniciar una empresa y realizar actividades comerciales. Este indicador no considera la percepción ciudadana a diferencia de la ENCRIGE sino que hace el levantamiento a través del análisis de las regulaciones y una encuesta a las dependencias involucradas de los indicadores analizados.
De acuerdo con los resultados de este indicador, en 2016 la Ciudad de México se ubicó, respecto al resto de las entidades, en la posición 31 en facilidad de hacer negocios, 18 en la apertura de un negocio, 32 en el manejo de permisos de
construcción, 27 en el registro de propiedades y 27 en el cumplimiento de contratos, por debajo de entidades como Aguascalientes, Estado de México, Colima, Sinaloa y Puebla, gráfica 6.
Gráfica 6. Facilidad para hacer negocios Nivel Subnacional, 2016
Fuente: Elaboración de la ADIP con información del Reporte Doing Business 2016.
El mismo indicador del Doing Business considera a la Ciudad de México, por ser la capital del país, como escenario para analizar el ambiente de negocios a nivel internacional, ocupando el lugar 54 del Ranking mundial para el 2019; reportando además, que el número de procedimientos necesarios para abrir un negocio en la Ciudad de México es de 8, dato que lo posiciona por encima del promedio de los países de la OCDE con ingresos altos y de otros países de América Latina, es decir, que el procedimiento para aperturar un negocio es muy complejo y conlleva muchos trámites, considerando que el indicador mide a los negocios de bajo impacto, gráfica 7.
Gráfica 7. Procedimientos para abrir un negocio en el ámbito internacional
Fuente: Elaboración de la ADIP con datos del World Bank Group. Doing Business 2019.
En cuanto al tiempo que se tarda una empresa para iniciar su negocio, el mismo indicador reporta que para el caso de la Ciudad de México; es menor que el tiempo promedio en los países de la OCDE con ingreso alto y significativamente menor que el promedio de los países de América Latina y el Caribe con 8 días, que analizando la gráfica 8 pudiera ser una dato positivo, sin embargo considerando el lugar que ocupa al nivel subnacional es un obstáculo para el crecimiento y la llegada de inversión a la Ciudad, considerando que la apertura para el tipo de negocio que mide la encuesta es de tres días.
Gráfica 8. Tiempo necesario para iniciar un negocio en el ámbito
internacional
Fuente: Elaboración de la ADIP con datos del World Bank Group. Doing Business 2019.
Los anteriores indicadores centran su análisis en el ambiente de negocios, sin embargo, para medir la implementación de la mejora regulatoria, a partir de 2017 se desarrolló el Indicador Subnacional de Mejora Regulatoria (ISMR) por parte del Observatorio Nacional de Mejora Regulatoria liderado por el Consejo Coordinador Empresarial. Este indicador mide y evalúa acciones relacionadas con la implementación de la política de mejora regulatoria en las 32 entidades federativas, bajo tres pilares principales: i) el marco normativo que sustenta la política de mejora regulatoria, ii) la fortaleza institucional de la entidad para implementar la política de mejora regulatoria y iii) la implementación de las herramientas de mejora regulatoria.
Actualmente, la Ciudad de México ocupa la posición 20 en el nivel estatal y 17 en el municipal, siendo sus áreas de oportunidad la implementación de las herramientas de mejora regulatoria.
Gráfica 9. Resultados del Indicador Subnacional de Mejora Regulatoria 2018, Ciudad de México
|
|
Fuente: Elaboración de la ADIP con datos del ONMR, Indicador Subnacional de MR 2018.
Para la Ciudad de México, el marco institucional de la mejora regulatoria inicia a partir de la hoy derogada Ley de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México, publicada el 7 de diciembre de 2017, con la cual, se sentaron las bases para la implementación de la política de mejora regulatoria en la Ciudad. Los principales avances se registraron con la publicación del Registro Electrónico de Trámites y Servicios, el cual operaba ya en 2014, pero fue hasta 2017 cuando el gobierno en
turno actualizó la información en una nueva plataforma; lo anterior se acompañó de la publicación de las Reglas de Operación y el formato único de solicitud, que permitieron a los sujetos obligados llevar a cabo dicha actualización.
También se avanzó en la publicación de los Lineamientos Generales para la Operación del Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, que representa el equivalente al Sistema de Apertura Rápida de Empresas que impulsa la CONAMER, así como de la queja ciudadana implementado por la Secretaría de la Contraloría en la administración anterior.
Ya con la actual administración se avanzó en la publicación de la Ley del Instituto de Verificaciones de la Ciudad de México donde se sientan las bases para mejorar el esquema de verificaciones en la Ciudad de México, incluyendo la creación del Registro de Visitas Domiciliarias y un Portal de Responsabilidad Social Mercantil.
La Ley General de Mejora Regulatoria de 2018 considera un nuevo esquema de coordinación entre los tres niveles de gobierno, por su parte la Ley de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México, al ser anterior a la General, no contaba con todos los elementos contenidos, lo que obligó a alinear el contenido de la Ley de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México, publicada el 30 de diciembre de 2019, incorporando los actuales que se aprecian en el cuadro 2 y a partir de los siguientes puntos:
●
La operación del Sistema de Mejora Regulatoria de la Ciudad
de México, necesario
para la coordinación con el Sistema Nacional
de Mejora Regulatoria;
●
La integración del Consejo de Mejora Regulatoria conforme a los establecido en la Ley y garantizando la representatividad
de los diferentes sectores
de la sociedad;
●
La Estrategia de Mejora Regulatoria, como herramienta programática central de la política;
●
La Agenda Regulatoria, que permite determinar
las regulaciones que los Órganos de la Administración Pública y las Alcaldías deberán
considerar en un periodo para su
análisis;
●
El Expediente Electrónico a Ciudad de México; La vinculación entre sí de las herramientas de mejora regulatoria, para no considerarlas como instrumentos aislados y no
vinculantes.
Cuadro 2: Comparativo de Contenido de la Ley de Mejora Regulatoria anterior con la Ley General
Fuente: Elaboración de la ADIP.
Derivado de lo anterior, el Gobierno de la Ciudad de México publicó el 30 de diciembre de 2019 la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México, en la cual y de manera particular, sustenta la elaboración de una Estrategia de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México, alineada a la Estrategia Nacional.
El artículo 21 de la Ley establece que la Estrategia es el instrumento programático que tiene como propósito articular la política de Mejora Regulatoria de los Sujetos Obligados y tendrá una visión de 12 años, además deberá ser aprobada por el Consejo y publicada en la Gaceta Oficial, acorde al Programa de Gobierno, por lo que los sujetos obligados deberán sujetarse a las directrices de dicho instrumento.
La Ley General de Mejora Regulatoria establece en el artículo 29 que los Sistemas de Mejora Regulatoria de las Entidades Federativas estarán integrados por un Consejo Local que sesionará por lo menos una vez al año y su integración se llevará a cabo conforme a lo establecido por las disposiciones jurídicas aplicables de cada una de ellas y será presidido por el Titular de su Poder Ejecutivo.
Por su parte la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México, en su artículo 12 establece que el Consejo de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México estará integrado por:
I.
La persona titular de la:
a)
Jefatura de Gobierno, quien lo presidirá;
b)
Secretaría de Gobierno;
c)
Secretaría de Administración y Finanzas;
d)
Secretaría de la Contraloría General;
e)
Secretaría de Cultura;
f)
Secretaría de Desarrollo Económico;
g)
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda;
h)
Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación;
i)
Secretaría de Gestión
Integral de Riesgos y Protección Civil;
j)
Secretaría de Inclusión y Bienestar Social;
k)
Secretaría del Medio Ambiente;
l)
Secretaría de Movilidad;
m)
Secretaría de las Mujeres;
n)
Secretaría de Obras y Servicios;
o)
Secretaría de Pueblos
y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas
Residentes;
p)
Secretaría de Salud;
q)
Secretaría de Seguridad Ciudadana;
r)
Secretaría de Trabajo y Fomento
al Empleo;
s)
Secretaría de Turismo;
t)
Consejería Jurídica y de Servicios
Legales, y
u)
Unidad.
II.
Cuatro representantes del Cabildo, designaos
por éste.
Asimismo, el artículo 13 establece que el Consejo estará integrado por invitados permanentes, que son:
a)
La persona titular
de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria;
b)
La Comisionada o el Comisionado Presidente del Instituto
de Transparencia, Acceso a la Información, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;
c)
Una persona representante del Comité Coordinador del Sistema
Anticorrupción de la Ciudad de México;
d)
Una persona Representante del Observatorio Nacional
de Mejora Regulatoria;
e)
Una persona Representante de las confederaciones empresariales;
f)
Una persona Representante de las cámaras
empresariales, y
g)
Una persona representante de las asociaciones empresariales. Por último, el artículo 14 hace referencia a los invitados especiales:
a)
Representantes de organizaciones civiles;
b)
Representantes de organizaciones de consumidores;
c)
Representantes de colegios, barras y asociaciones de profesionistas, y
d)
Representante del sector
académico, especialista en materias afines.
El Consejo llevó a cabo su Instalación y Primera Sesión Ordinaria el 1 de octubre de 2020.
Respecto a la Unidad de Mejora Regulatoria, todas las atribuciones en materia de Mejora Regulatoria y simplificación administrativa las absorbió la Agencia Digital de Innovación Pública, fortaleciendo sus atribuciones en la Ley de Operación e Innovación Digital de la Ciudad de México.
Actualmente, se cuenta con 93 Enlaces de Mejora Regulatoria, nombrados por los titulares de los Sujetos Obligados de la Administración Pública de la Ciudad de México.
Los Enlaces son parte importante de la institucionalización de la Mejora Regulatoria ya que tienen, entre otras, las siguientes funciones establecidas en la Ley vigente:
●
Coordinar la política
de Mejora Regulatoria en el órgano y supervisar su cumplimiento;
●
Ser el vínculo de su órgano con la Unidad
de Mejora Regulatoria;
●
Someter a la opinión de la Unidad de acuerdo con los plazos y términos que ésta establezca
su Programa; así como remitir
los reportes periódicos sobre los avances del mismo;
●
Someter a dictamen
ante la Unidad las propuestas de Regulaciones o modificaciones a las mismas;
●
Rendir los informes
que le sean requeridos por la Unidad y
el Consejo;
●
Cumplir los criterios y recomendaciones que emita la Unidad;
●
Coordinar al interior
del Sujeto Obligado
la actualización de los Trámites
y Servicios a inscribir en el Registro,
así
como los requisitos, plazos y costos, que aquellos conlleven; y
●
Las demás que establezca la Ley, su Reglamento y otras disposiciones aplicables.
De agosto de 2019 a la fecha, se han llevado a cabo cuatro cursos de capacitación y sensibilización con un total de 10 sesiones para los enlaces de mejora regulatoria, en temas como: Introducción a la Mejora Regulatoria, Herramientas y Análisis de Impacto Regulatorio, los cuales serán programados para que se impartan de manera permanente y cuando así lo requieran los Sujetos Obligados.
Respecto a las Alcaldías, como Sujetos Obligados y parte de las autoridades en materia de mejora regulatoria, tienen la obligación de coordinarse con la Unidad de Mejora Regulatoria a través de su Enlace, por lo que todas las disposiciones en la materia les aplican para su cumplimiento.
3.5.1. Registro Electrónico de Trámites y Servicios de la Ciudad
de México
El Registro Electrónico de Trámites y Servicios de la Ciudad de México es un sistema institucional electrónico en el que se compila, inscribe y actualiza los trámites y servicios a cargo de la Administración Pública, que tiene como finalidad brindar certeza jurídica y transparencia a la ciudadanía.
En el año 2019, se crea la nueva plataforma del Registro Electrónico de Trámites y Servicios, la cual suple al antiguo Manual de Trámites y Servicios al Público del Distrito Federal. Migrando durante la presente Administración, el total de trámites y servicios a una nueva plataforma, con la actualización de la información, lo que va a permitir llevar a cabo la inscripción, modificación y publicación permanente de la información por parte de los Sujetos Obligados, a fin de dar certidumbre jurídica a los particulares.
3.5.2. Registro de Visitas Domiciliarias
El Registro de Visitas Domiciliarias se constituye como una herramienta tecnológica que permitirá contar con un procedimiento de visitas de verificación, a fin de transparentar la actuación en materia de verificación administrativa, así como agilizar los procedimientos en la materia, reduciendo los costos regulatorios a las personas visitadas.
Se trabajará en coordinación con el INVEA y las Alcaldías para implementar el Registro de Visitas Domiciliarias, en términos de lo dispuesto por el artículo 31, de la Ley del Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México, donde el Registro de Visitas Domiciliarias será una plataforma digital que contendrá, entre otros:
●
El Padrón de Establecimientos Mercantiles; y
●
El Padrón de Responsabilidad Social
Mercantil y el Padrón Único de Verificadores; vinculado con el Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles (SIAPEM).
Lo anterior Lo anterior permitirá:
a)
Contar con procedimientos uniformes de verificación;
b)
Identificar a través de la Plataforma quién está verificando, qué está verificando, a quién se está verificando y cómo se están resolviendo las verificaciones.
c)
Contar con una selección aleatoria que elija el verificador que visita, así como las visitas que se le asignen;
y
d)
Actualizar y cargar la información que integra al Sistema.
3.5.3 Ley de Responsabilidad Social
Mercantil de la Ciudad de México (LRSM)
La LRSM fue producto de una iniciativa presentada por la Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa Gobierno de esta Ciudad, al Congreso de la Ciudad y que fue publicada el 9 de marzo de 2020.
La Ley busca una nueva relación entre el gobierno y el sector empresarial, basada en la confianza, en la buena fe, bajo un esquema de autorregulación. Se trata de que todos cumplan voluntariamente con sus obligaciones, y no a través de una permanente verificación administrativa, es decir de una “Responsabilidad Social”.
Esta ley tiene por objeto establecer un esquema de incentivos y disminución de cargas administrativas para los establecimientos mercantiles con giro de bajo impacto, como son los restaurantes sin venta de bebidas alcohólicas, cafeterías, fondas, lavanderías, tintorerías, autolavados, papelerías, entre otros. En tal virtud, se crea el Padrón de Responsabilidad Social Mercantil cuya inscripción es voluntaria y gratuita; y aquellos que se inscriban se harán acreedores a los siguientes beneficios:
a)
Exención de verificaciones administrativas (excepto protección civil y en casos de riesgo inminente a salud pública); verificaciones aleatorias al 3% de los establecimientos mercantiles inscritos en el padrón;
b)
Los establecimientos mercantiles podrán realizarse verificaciones voluntarias no vinculantes, a fin de fomentar la autorregulación;
c)
Asesoría legal y acompañamiento de las autoridades competentes para la regularización;
d)
Contarán con una cédula confiable y un expediente electrónico para realizar fácilmente trámites y servicios; y
e)
Podrán hacerse acreedores a aquellos beneficios que otorguen otros
sistemas análogos a nivel
federal.
Cabe señalar que la Artículo 11 de la Ley de Responsabilidad Social Mercantil de la Ciudad de México, establece que las personas beneficiarias que se encuentren registradas en el padrón quedarán exentas de ser verificadas, salvo en los casos siguientes:
●
Existan causas vinculadas con protección civil;
●
Existan causas en las que se identifique que se desprende peligro para la salud;
y
●
Sean elegidas aleatoriamente dentro del tres por ciento
del total de las personas
beneficiarias inscritas en el padrón.
Bajo esa tesitura, la LRSM representa un cambio sustancial en la forma de regular a los establecimientos mercantiles; esto es, bajo el principio de la buena fe, la confianza ciudadana y la autorregulación que consolida la nueva relación que busca tener el Gobierno con el sector empresarial.
3.5.4.
Ventanilla Única Digital de Trámites
y Servicios Primera Etapa: Registro
de Manifestación de Construcción tipo B y C.
La Ciudad de México es la primera entidad a nivel nacional en implementar una solución digital para mejorar el procedimiento de dictaminación de los trámites de alto impacto para el Registro de Manifestación de Construcción tipo “B” y “C”, en este sentido, actualmente opera la primera etapa referente a los trámites de impacto urbano y medio ambiente, lo que le permite a los desarrolladores inmobiliarios integrar su expediente único en la plataforma diseñada y desarrollada por la ADIP.
3.5.5. Acciones de Simplificación
y Digitalización de Trámites
y Servicios 2020
Al inicio de esta Administración, también se implementaron acciones de simplificación y digitalización de trámites y servicios, entre los que destacan:
I.
Digitalización de la tarjeta de circulación;
II.
Eliminación de la vigencia del acta de nacimiento;
III.
Digitalización de la Licencia de Conducir tipo “A”;
IV.
Simplificación y digitalización del seguro de desempleo;
V.
Desarrollo de la Plataforma Digital para el Programa de Fomento, Constitución y Fortalecimiento a las Empresas
Sociales y Solidarias de la Ciudad de
México, (FOCOFESS 2019); y
VI.
Plataforma para la revisión de los Programas Internos de Protección Civil.
La Estrategia de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México es el instrumento programático de largo plazo que se vincula de manera transversal con todos los Órganos de Gobierno de la Ciudad de México y las Alcaldías; para lograr el objetivo común establecido en el Programa de Gobierno 2019 – 2024 ser un gobierno abierto, innovador, incluyente con acceso a las tecnologías y los instrumentos digitales.
Deberá ser aprobada por el Consejo de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México y publicada en la Gaceta Oficial para su difusión entre los sujetos obligados y los diferentes sectores de la sociedad; por su parte; la Unidad de Mejora Regulatoria deberá garantizar su cumplimiento y consideración en la Agenda Regulatoria y los Programas de Mejora Regulatoria a través de los reportes periódicos que ésta establezca. También deberá cuidar que tenga congruencia con la Estrategia Nacional de Mejora Regulatoria.
A continuación, se describe la Misión y Visión de la Estrategia:
Misión
“Lograr el máximo beneficio para la sociedad a través de la emisión de regulaciones eficientes, la simplificación de obligaciones regulatorias, trámites y servicios y la implementación de la política de mejora regulatoria en la Ciudad de México”.
Visión
“Hacer del Gobierno de la Ciudad de México un gobierno incluyente, innovador y abierto, a través de un proceso articulado y sistemático de revisión de las regulaciones, la simplificación y digitalización de los trámites y servicios, que genere mayores beneficios que costos a la sociedad”.
La Estrategia se guiará a través de las siguientes líneas generales:
No |
LÍNEAS ESTRATÉGICAS GENERALES |
OBJETIVOS |
ACCIONES |
HERRAMIENTA CON LA
QUE SE VINCULA |
1 |
Revisión sistemática del Marco Normativo |
Brindar certeza jurídica respecto a los trámites y servicios a la ciudadanía |
Programar las regulaciones a crear, modificar o eliminar |
Registro Electrónico de Regulaciones |
Generar mejores
regulaciones que atiendan la problemática real |
Revisión del acervo regulatorio de la Ciudad de
México |
Agenda Regulatoria y Programas de Mejora Regulatoria |
||
Portal para la Implementación del Análisis de Impacto Regulatorio |
2 |
Trámites y servicios simplificados, ágiles y digitalizados
para un gobierno incluyente y abierto |
Reducir el tiempo y los costos de interacción con el gobierno |
Simplificación de procesos, trámites y servicios |
Registro Electrónico de Trámites y Servicios |
Protesta Ciudadana |
||||
Generar soluciones tecnológicas para la digitalización de trámites y servicios |
Programas de Mejora Regulatoria, su Seguimiento y Evaluación |
|||
Reducir los actos
discrecionales y atacar
la corrupción |
Transmisión de información automatizada |
Medición de cargas
administrativas (Simplifica
de la CONAMER) |
||
Registro de Visitas Domiciliarias |
||||
Expediente Único de trámites y Servicios |
||||
3 |
Mejor ambiente de
negocios para fomentar la
competitividad de la Ciudad |
Mejorar los trámites empresariales |
Simplificar y digitalizar para el sector
empresarial y de la
construcción |
Certificación del SIAPEM (a través del SARE) |
Portal de Responsabilidad Social Mercantil |
||||
Ventanilla Única de Construcción para la Manifestación
de Construcción Tipo A, B y C. |
||||
Programa de Reforma de Sectores Prioritarios de la
CONAMER (PROREFORMA) |
||||
Programa Nacional de Juicios Orales Mercantiles |
|
|
|
|
Encuesta Nacional de Calidad Regulatoria e Impacto Regulatorio en Empresas (ENCRIGE) |
Fuente: Elaboración de la ADIP.
Los Objetivos de la Estrategia se definen a partir de los siguientes pilares que permitirán la visión integral de la política de mejora regulatoria:
Pilar A. Marco Normativo de la Política
Objetivo A.1: Fortalecer el marco normativo para la implementación adecuada de la política de mejora regulatoria. Líneas de Acción:
A.1.1.
Elaborar, aprobar, publicar
y difundir entre los sujetos obligados los lineamientos, guías y manuales
de las herramientas de mejora regulatoria.
A.1.2.
Elaborar, aprobar y publicar el Reglamento de Sesiones del Consejo de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México.
Objetivo A.2: Elaborar la Estrategia de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México alineada a la Estrategia Nacional. Líneas de Acción:
A.2.1.
Elaborar la propuesta
de Estrategia de Mejora Regulatoria de la Ciudad
de México.
A.2.2.
Presentar al Consejo
de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México
la Estrategia para su aprobación y publicación.
A.2.3.
Difundir entre los sujetos obligados la Estrategia para su implementación.
Pilar B. Institucionalización de la Mejora Regulatoria
Objetivo B.1: Impulsar los mecanismos institucionales para implementar la política de mejora regulatoria. Líneas de Acción:
B.1.1.
Proponer a la Jefa de Gobierno la integración del Consejo con los representantes de la sociedad que marca la Ley General y la
Ley vigente.
B.1.2.
Instalar y operar el Consejo de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México, como la instancia de coordinación para la implementación de la mejora regulatoria.
B.1.3.
Someter a consideración y aprobación del Consejo los lineamientos y demás normativa
necesaria en materia
de mejora regulatoria.
B.1.4.
Fortalecer institucionalmente la Unidad de Mejora Regulatoria para que lleve a cabo las funciones
de manera eficiente.
B.1.5.
Nombrar a los Enlaces de Mejora Regulatoria de los Órganos de la Administración Pública
y las Alcaldías de la Ciudad
de México.
B.1.6.
Coordinarse con los Poderes Legislativo, Judicial y organismos
autónomos para el nombramiento del Enlace de
Mejora Regulatoria respectivo, conforme a lo establecido en la Ley General y en
la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México.
B.1.7.
Capacitar de forma permanente a los Enlaces de Mejora Regulatoria y
personas servidoras públicas que así lo requieran para fortalecer la formación de capacidades técnicas
en la materia.
B.1.8.
Crear la Comisión
de Mejora Regulatoria de la Ciudad
de México.
Objetivo B.2: Diseñar y desarrollar la metodología programática, de seguimiento y evaluación necesaria para la implementación de la política de mejora regulatoria.
Líneas de Acción:
B.2.1.
Elaborar, integrar, consultar y aprobar la Agenda Regulatoria y los
Programas de Mejora Regulatoria de los sujetos obligados.
B.2.2.
Llevar a cabo el seguimiento y evaluación; y si se requiere, la
reconducción de la Estrategia y someterla a consideración
y aprobación del Consejo.
B.2.3.
Presentar al Consejo el informe anual de resultados de la Agenda Regulatoria
y los Programas de Mejora Regulatoria conforme a lo establecido en la Estrategia.
B.2.4.
Publicar cada año el informe
de resultados en la implementación de la Política
de Mejora Regulatoria.
Pilar C. Implementación de las Herramientas
Objetivo C.1: Implementar y operar el Catálogo de Regulaciones, Trámites y Servicios. Líneas de Acción:
C.1.1. Expedir los Lineamientos para operar el portal digital
del Registro de Regulaciones
de la Ciudad de México.
C.1.2.
Diseñar, desarrollar y operar
el portal digital
del Registro de Regulaciones de la Ciudad
de México.
C.1.3.
Mantener actualizado el portal digital
del Registro de Regulaciones de la Ciudad
de México.
C.1.4.
Expedir los Lineamientos para operar el portal del Registro Electrónico
de Trámites y Servicios de la Ciudad de México.
C.1.5.
Mejorar, diseñar, desarrollar y operar el portal del Registro
Electrónico de Trámites y Servicios de la Ciudad de México.
C.1.6.
Coordinar a los sujetos obligados para mantener actualizado el portal
del Registro Electrónico de Trámites y Servicios de la Ciudad de México de la Ciudad de México.
C.1.7.
Diseñar, desarrollar e implementar el portal digital
para la Protesta Ciudadana como mecanismo de certidumbre jurídica
en la gestión de los trámites y servicios que brinda el gobierno.
C.1.8.
Expedir las reformas necesarias y emitir los Lineamientos para la
operación del portal digital del Registro de
Visitas Domiciliarias.
C.1.9.
Rediseñar y desarrollar el Registro de Visitas
Domiciliarias de la Ciudad
de México.
C.1.10.
Expedir los Lineamientos y Manuales de la plataforma digital del
Expediente Electrónico de Trámites y Servicios y demás actos
jurídicos y administrativos a su cargo.
C.1.11.
Diseñar, desarrollar y operar la plataforma digital del Expediente
Electrónico de Trámites y Servicios, considerando
los mecanismos digitales de identificación y firma electrónica de acuerdo a la
reglamentación existente.
Objetivo C.2: Implementar y operar el Sistema de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México.
C.2.1.
Emitir Lineamientos para la integración por parte de los sujetos
obligados de la Agenda Regulatoria y los Programas de Mejora Regulatoria.
C.2.2.
Diseñar, desarrollar e implementar una plataforma digital para la
integración de la Agenda Regulatoria y los Programas de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México.
C.2.3.
Emitir los lineamientos y el manual
para la operación del portal
AIR ex ante y ex post.
C.2.4.
Diseñar, Desarrollar y operar
el portal digital para el Análisis de Impacto
Regulatorio ex ante y ex post.
C.2.5.
Llevar a cabo la medición de la Encuesta Nacional de Calidad
Regulatoria e Impacto Gubernamental en Empresas (ENCRIGE).
C.2.6.
Presentar al Consejo y difundir los resultados de la Encuesta Nacional
de Calidad Regulatoria e Impacto Gubernamental en Empresas (ENCRIGE) llevada a cabo por el INEGI.
C.2.7.
Participar en la medición del Indicador Subnacional de Mejora
Regulatoria del Observatorio Nacional de Mejora Regulatoria.
C.2.8.
Presentar al Consejo
los resultados del Indicador Subnacional de Mejora Regulatoria.
C.2.9.
Emitir la normatividad secundaria para cumplir
la Ley de Responsabilidad Social Mercantil y/o los Lineamientos para operar el portal del
Padrón de Responsabilidad Social Mercantil para establecimientos mercantiles de la Ciudad de
México.
C.2.10.
Diseñar, desarrollar y operar el Padrón de Responsabilidad Social Mercantil para establecimientos mercantiles en la Ciudad de México.
C.2.11.
Emitir los Lineamientos y Manuales necesarios para implementar los
programas especiales promovidos por la CONAMER,
como: Sistema de Apertura Rápida de Empresas
(SARE), Ventanilla Única de Construcción para la Manifestación de
Construcción Tipo A, B y C, Programa de Simplificación de cargas (SIMPLIFICA), Programa de Reforma a
Sectores Prioritarios y del Método Económico y Jurídico de reforma
(PROREFORMA).
C.2.12.
Implementar en coordinación con la CONAMER, los programas especiales
establecidos en la Ley general de Mejora
Regulatoria como son: Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE), Ventanilla
Única de Construcción para a
Manifestación de Construcción Tipo A, B y C, Programa de Simplificación de
cargas (SIMPLIFICA), Programa de
Reforma a Sectores Prioritarios y del Método Económico y Jurídico de reforma
(PROREFORMA).
C.2.13.
Llevar a cabo la certificación de los programas especiales que promueve
a nivel nacional la CONAMER como son:
Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE), Ventanilla Única de Construcción
para giros de bajo y alto impacto,
Programa de Simplificación de cargas (SIMPLIFICA), Programa de Reforma a Sectores
Prioritarios y del Método Económico y Jurídico
de reforma (PROREFORMA).
C.2.14.
Promover con el Poder Judicial de la Ciudad de México la
implementación, en su caso, del Programa Nacional
de Juicios Orales Mercantiles (JOM) que certifica la CONAMER.
C.2.15.
Impulsar la interoperabilidad con los sistemas digitales y electrónicos de la CONAMER para la difusión de las plataformas locales a nivel nacional.
OBJETIVO |
LÍNEAS DE ACCIÓN |
RESPONSABLE |
FECHA DE IMPLEMENTACIÓN |
Pilar A. Marco Normativo de la Política |
|||
Objetivo A.1: Fortalecer
el marco normativo para la
implementación adecuada de
la política de mejora regulatoria. |
A.1.1. Elaborar, aprobar,
publicar y difundir entre los
sujetos obligados los Lineamientos, Guías y
Manuales de las herramientas de mejora regulatoria. |
Unidad de Mejora Regulatoria Consejo de Mejora
Regulatoria de la Ciudad de México |
Enero - Diciembre de
2020 |
|
A.1.2. Elaborar, aprobar y publicar el Reglamento de
Sesiones del Consejo de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México. |
Unidad de Mejora Regulatoria Consejo de Mejora
Regulatoria de la Ciudad de México |
Enero - Diciembre de 2020 |
Objetivo A.2: Elaborar la Estrategia de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México alineada a la Estrategia Nacional. |
A.2.1. Elaborar la propuesta de Estrategia de Mejora Regulatoria de la Ciudad de
México. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero - Diciembre de 2020 |
A.2.2. Presentar al Consejo de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México la
Estrategia para su aprobación y publicación. |
Consejo de Mejora
Regulatoria de la Ciudad de México |
Enero - Diciembre de 2020 |
|
|
A.2.3. Difundir entre los sujetos
obligados la Estrategia para su consideración e implementación. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero - Diciembre de 2020 |
Pilar B. Institucionalización de la Mejora
Regulatoria |
|||
Objetivo B.1: Impulsar los mecanismos institucionales |
B.1.1. Proponer a la Jefa de Gobierno la integración del
Consejo con los representantes de la
sociedad que marca la Ley General y la Ley
local vigente. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero - Septiembre de 2020 |
para implementar la política de mejora regulatoria. |
B.1.2. Instalar y operar el Consejo de Mejora Regulatoria de la Ciudad
de México, como la instancia de coordinación para la
implementación de la mejora regulatoria. |
Unidad de Mejora Regulatoria Consejo de Mejora
Regulatoria de la Ciudad de México |
Enero - Septiembre de
2020 |
|
B.1.3. Someter a
consideración y aprobación del Consejo los lineamientos y demás normativa necesaria para la implementación de la mejora
regulatoria. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero de 2020 - Noviembre de 2024 y cada vez que se
elaboren |
|
B.1.4. Fortalecer
institucionalmente la Unidad de Mejora Regulatoria para que lleve
a cabo las funciones de manera eficiente. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero - Diciembre de
2032 |
|
B.1.5. Nombrar
a los Enlaces de Mejora
Regulatoria de los Órganos de la Administración Pública y las Alcaldías de la Ciudad de México. |
Sujetos
Obligados Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero - Diciembre de 2020 |
|
B.1.6. Coordinación con
los Poderes Legislativo, Judicial y organismos autónomos para el nombramiento del Enlace de Mejora
Regulatoria respectivo, conforme a
lo establecido en la Ley General y en la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad
de México. |
Unidad de Mejora Regulatoria Poder
Legislativo Poder
Judicial |
Junio - Diciembre de 2020 |
|
B.1.7. Capacitar de forma permanente a los Enlaces de Mejora Regulatoria para
fortalecer la formación de capacidades técnicas en la materia. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero 2020 - Noviembre
de 2024 Acciones
permanentes |
|
B.1.8. Instalar el Consejo de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero 2020 - Noviembre de 2032 |
Objetivo B.2: Diseñar y desarrollar la metodología |
B.2.1. Elaborar, integrar,
consultar y aprobar la Agenda
Regulatoria y los Programas de Mejora Regulatoria de los
sujetos obligados. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero - Febrero 2020 y cada año de acuerdo a los
plazos de la Ley hasta 2032 |
programática, de seguimiento y evaluación, necesaria para la implementación de la política de mejora regulatoria. |
B.2.2. Llevar a cabo el
seguimiento y evaluación; y si se requiere, la reconducción de la Estrategia y someterla a consideración y aprobación del Consejo. |
Unidad de Mejora Regulatoria Consejo de Mejora
Regulatoria de la Ciudad de México |
Mayo 2020
- Noviembre 2032
Cada seis meses |
B.2.3. Presentar al
Consejo el informe anual de resultados de la Agenda
Regulatoria y los Programas
de Mejora Regulatoria conforme a lo establecido
en la Estrategia. |
Unidad de Mejora Regulatoria Consejo de Mejora
Regulatoria de la Ciudad de México |
Noviembre de 2020 - Noviembre de 2032 |
|
B.2.4. Hacer
público cada año el informe
de resultados en la
implementación de la Política de Mejora Regulatoria. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero de 2021 - Diciembre de 2024 |
|
Pilar C. Implementación de las Herramientas |
|||
Objetivo C.1: Implementar y operar
el Catálogo de Regulaciones, Trámites y Servicios. |
C.1.1. Expedir los
Lineamientos para operar el portal
digital del Registro de Regulaciones de la
Ciudad de México. (art. 34 LMRCDMX) |
Unidad de Mejora Regulatoria Consejo de Mejora
Regulatoria de la Ciudad de México |
Enero - Diciembre de 2020 |
C.1.2. Diseñar, desarrollar y operar
el portal digital del Registro de Regulaciones de
la Ciudad de México. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero -
Mayo de 2021 |
|
C.1.3. Mantener
actualizado el portal digital del Registro de Regulaciones de la Ciudad
de México. |
Secretaría de la
Contraloría General Unidad de Mejora Regulatoria |
Mayo de 2021 - Noviembre de 2032 Acciones
permanentes |
|
C.1.4. Expedir los
Lineamientos para operar el portal del Registro Electrónico de Trámites y Servicios de la Ciudad de México. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero de 2020 - Agosto de 2021 |
|
C.1.5. Mejorar
la operación del portal del Registro Electrónico de Trámites y Servicios de la Ciudad
de México. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero - Diciembre de 2020 |
|
C.1.6. Coordinar a los sujetos
obligados para mantener actualizado el portal
del Registro Electrónico de Trámites y Servicios de
la Ciudad de México. |
Unidad de Mejora Regulatoria Sujetos
obligados |
Enero de 2020 - Noviembre de 2024 |
|
C.1.7. Diseñar, desarrollar e implementar el portal digital
para la Protesta Ciudadana como mecanismo de
certidumbre jurídica en la gestión de los trámites y servicios del
gobierno. |
Unidad de Mejora
Regulatoria |
Septiembre
de 2020 - Agosto
de 2021 |
|
C.1.8. Emitir los
Lineamientos para la Operación del portal
digital del Registro de Visitas Domiciliarias. |
INVEA Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero - Diciembre de 2021 |
|
C.1.9. Rediseñar y desarrollar el Registro de
Visitas Domiciliarias de la
Ciudad de México. |
INVEA Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero - diciembre de 2020 |
|
C.1.10. Expedir los
Lineamientos y Manuales de la
plataforma digital del Expediente Electrónico de Trámites y Servicios. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero 2020 - Diciembre de 2021 |
|
C.1.11. Diseñar, desarrollar y operar
la plataforma digital del
Expediente Electrónico de Trámites y Servicios, considerando los mecanismos digitales de identificación y firma electrónica de acuerdo a la reglamentación existente. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero 2020 - Diciembre
de 2024 |
Objetivo C.2: Implementar y operar el Sistema de
Gobernanza Regulatoria de la Ciudad de México |
C.2.1. Expedir
Lineamientos para la integración de la Agenda Regulatoria y los Programas de Mejora Regulatoria. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero - Diciembre de 2020 |
|
C.2.2. Diseñar, desarrollar e implementar una plataforma digital
para la integración de la Agenda Regulatoria y los Programas de
Mejora Regulatoria de la
Ciudad de México. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero - Diciembre de
2020 |
C.2.3. Emitir los Lineamientos y el Manual
para la Operación del portal AIR ex ante y ex post. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero - Diciembre de 2020 |
C.2.4. Diseñar,
Desarrollar y operar el portal digital
para el Análisis de Impacto Regulatorio ex
ante y ex post. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero - Diciembre de
2020 |
C.2.5. Llevar a cabo la
medición de la Encuesta Nacional de Calidad Regulatoria e Impacto Gubernamental en Empresas (ENCRIGE). |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Mayo 2019 - Junio de 2020 |
C.2.6. Presentar al Consejo y difundir los resultados de la Encuesta Nacional de Calidad
Regulatoria e Impacto
Gubernamental en Empresas (ENCRIGE) llevada a cabo por el INEGI. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero - Diciembre de 2020 |
C.2.7. Participar en la medición del Indicador Subnacional de Mejora Regulatoria del Observatorio Nacional de Mejora Regulatoria. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Septiembre de 2019 - Abril de 2020 |
C.2.8. Presentar al Consejo los resultados del
Indicador Subnacional de Mejora Regulatoria. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Marzo - Diciembre de
2020 |
C.2.9. Emitir
la normatividad secundaria para cumplir la Ley de Responsabilidad Social
Mercantil y/o los Lineamientos para operar el portal del Padrón de Responsabilidad Social
Mercantil para establecimientos mercantiles de la Ciudad de México. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero 2020 - Diciembre
de 2032 Permanente |
C.2.10. Diseñar,
desarrollar y operar el Padrón de Responsabilidad Social
Mercantil para establecimientos mercantiles en la Ciudad
de México. |
Unidad de Mejora Regulatoria SEDECO |
Diciembre - Diciembre de 2020 |
|
C.2.11. Emitir
los lineamientos y manuales necesarios para implementar los programas especiales promovidos por la CONAMER: Sistema
de Apertura Rápida
de Empresas (SARE) para el SIAPEM, Ventanilla Única de Construcción para Manifestación de Construcción Tipo A, B y C, Programa de Simplificación de cargas (SIMPLIFICA), Programa de Reforma
a Sectores Prioritarios y del Método Económico y Jurídico de reforma (PROREFORMA). |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero 2020 - Noviembre 2032 Acciones permanentes y sujetas a la coordinación con la CONAMER |
C.2.12. Implementar en coordinación con la CONAMER, los programas especiales establecidos en la Ley general
de Mejora Regulatoria: Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE), Ventanilla Única
de Construcción para giros
de bajo y alto impacto, Manifestación
de Construcción Tipos A, B y C, Programa de Reforma a Sectores
Prioritarios y del Método
Económico y Jurídico de reforma (PROREFORMA). |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero 2020 - Noviembre
2032 Acciones permanentes y sujetas a la coordinación con la CONAMER |
|
C.2.13. Llevar
a cabo la certificación de los programas especiales que promueve a nivel nacional la CONAMER: Sistema
de Apertura Rápida
de Empresas (SARE),
Ventanilla Única de Construcción para Manifestación de Construcción Tipo A, B y C, Programa de Simplificación de cargas (SIMPLIFICA), Programa de Reforma
a Sectores Prioritarios y del Método Económico y Jurídico de reforma (PROREFORMA). |
Unidad de Mejora Regulatoria CONAMER |
Enero 2020 - Noviembre
2032 |
|
C.2.14. Promover con el Poder
Judicial de la Ciudad de México la implementación del Programa
Nacional de Juicios Orales Mercantiles (JOM) que certifica la CONAMER |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero 2020 - Noviembre
2032 Acciones permanentes y sujetas a la coordinación con la CONAMER |
|
C.2.15. Impulsar la interoperabilidad con los sistemas digitales y electrónicos de la CONAMER para la difusión de las
plataformas locales a nivel nacional. |
Unidad de Mejora Regulatoria |
Enero 2020 - Noviembre
2032 |
Fuente: Elaboración de la ADIP.
Líneas de
Acción |
Responsable |
Fecha de Implementación |
Actualización y
certificación del SIAPEM. Una nueva
plataforma para operar
el Sistema de Apertura de Establecimientos Mercantiles |
SEDECO ADIP |
Diciembre de 2020 |
Centros Penitenciarios; 20 trámites p/familias, pase de lista |
Subsecretaría de Sistema Penitenciario ADIP |
Mayo 2020 |
Reingeniería de la
Denuncia digital; Ministerio Público virtual |
Procuraduría General
de Justicia de
la Ciudad de México |
Julio 2020 |
Programa de Regularización
de Usos de Suelo; para establecimientos mercantiles de bajo
impacto de hasta
100 m2 |
SEDUVI SEDECO ADIP |
Diciembre 2020 |
Plataforma digital
de Alta de Placas Nuevas |
SEMOVI ADIP |
Julio 2020 |
Simplificación estratégica
de trámites con mayor frecuencia; los realizados por grupos vulnerables. |
Sujetos Obligados responsables ADIP |
Enero - Diciembre 2021 |
Calculadora de
costo-beneficio; para medir el
costo social de los trámites y servicios. |
ADIP |
Enero - Diciembre 2020 |
Adición de herramientas de accesibilidad; para los trámites y servicios digitales. |
ADIP |
Enero - Diciembre 2021 |
Implementación del
Identificador Digital Único;
ligado al Expediente Único Digital
de Trámites y Servicios. |
ADIP |
Diciembre 2021 |
Elaboración y emisión de documento de Mejores prácticas en Trámites y
Servicios de la Ciudad de México:
Limitantes para la Corrupción |
ADIP |
Enero - diciembre de 2021 |
Habilitación del motor transaccional de trámites. |
ADIP |
Enero - mayo de 2021 |
Actualización e
implementación del Modelo
Integral de Atención |
ADIP |
Enero - diciembre de 2021 |
Ciudadana para potencializar las
modalidades de atención. |
|
|
Fuente: Elaboración de la ADIP.
La Ley General de Mejora Regulatoria establece como mecanismos de coordinación entre los tres órdenes de gobierno, la operación del Sistema Nacional de Mejora Regulatoria, por lo que, con la instalación del Consejo Nacional de Mejora Regulatoria el 19 de agosto de 2019, entra en operación dicho Sistema.
Dentro de la integración del Consejo Nacional, el artículo 14 de la Ley General establece que serán parte del Consejo 5 presidentes representantes de los Sistemas Estatales de Mejora Regulatoria; dentro de los cuales se encuentra el grupo 4, donde la Ciudad de México es el representante para un periodo de dos años, de los siete estados que lo conforman:
1.
Ciudad de México;
2.
Estado de México;
3.
Hidalgo;
4.
Morelos;
5.
Puebla;
6.
Querétaro; y
7.
Tlaxcala.
Derivado de los anterior, el Gobierno de la Ciudad de México será el que coordine mesas de trabajo con dichos estados, para poner a consideración temas de relevancia al Consejo Nacional, además de generar sinergias para la implementación de la política de forma interestatal, promoviendo las buenas y mejores prácticas nacionales e internacionales en los estados integrantes.
Con la alineación de la Estrategia de Mejora Regulatoria con la Estrategia Nacional, se establece la coordinación con el Gobierno Federal, considerando además acciones conjuntas a partir de la firma del Convenio para el Desarrollo de las Líneas Estratégicas en el Impulso de la Mejora Regulatoria Regional “Hagámoslo Juntos” entre la CONAMER y el Gobierno de la Ciudad de México.
El Convenio se centra en tres líneas:
I. Diversificación; a través de un Programa
de Mejora Regulatoria para el combate a la Corrupción con la simplificación y digitalización de
trámites y servicios;
II. Inclusión; con la puesta en
marcha del Sistema de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México y la
implementación del Análisis
de Impacto Regulatorio; e
III. Innovación; con la creación
del Catálogo de Regulaciones, Trámites
y Servicios y la utilización de plataformas digitales que permitan dar seguridad
jurídica a los diferentes sectores de la sociedad.
De igual forma, la CONAMER tiene como compromisos, además de emitir la Estrategia, publicar los lineamientos de las herramientas a implementar para el logro de los objetivos de la Ley General de Mejora Regulatoria, en este sentido, los objetivos y líneas de acción de la presente Estrategia para la Ciudad de México, están alineados a lo establecido en la Estrategia Nacional.
Figura 3. Esquema de Coordinación con la Federación y los Estados
Fuente: Elaboración de la ADIP.
5.1. Uso Sistemático
En los últimos años la CONAMER ha establecido una serie de instrumentos en la implementación de la política de Mejora Regulatoria, los ha definido como herramientas y también los describe en la Estrategia Nacional como los instrumentos, acciones, procedimientos y políticas públicas de Mejora Regulatoria para la medición de los impactos de las regulaciones y simplificación de trámites y servicios.
Para la Ciudad de México, las herramientas se agrupan en tres grupos representados en la figura 4 y que son las que están sustentadas en la Ley General de Mejora Regulatoria (LGMR), la Estrategia Nacional y en la Ley de Mejora Regulatoria para la Ciudad de México.
Un primer grupo, el Catálogo que se integra por I. El Registro de Regulaciones; II. El Registro; III. El Expediente Electrónico; IV. El Registro de Visitas Domiciliarias, y V. La Protesta Ciudadana
Figura 4. Herramientas de Mejora Regulatoria de la Ciudad de México
Fuente: Elaboración de la ADIP.
Para el caso del Registro de Regulaciones y el Expediente Electrónico de Trámites y Servicios los Sujetos Obligados deberán inscribir y actualizar la información correspondiente de forma permanente.
Para el caso del Registro Electrónico de Trámites y Servicios, los Sujetos Obligados además de inscribir y actualizar la información correspondiente de forma permanente, deberán presentar la información necesaria y sustentada en la regulación que da origen al trámite, de acuerdo a lo establecido en el artículo 40 de la LMRCDMX y el 46 de la LGMR:
1. Nombre o denominación del Trámite o Servicio;
2. Modalidad del Trámite o Servicio;
3. Fundamento jurídico
y/o justificación de su existencia, en su caso;
4.
Descripción con lenguaje claro, sencillo, incluyente y
conciso de los casos en que debe o puede realizarse el Trámite o Servicio
y los pasos que debe llevar a cabo el particular para su realización;
5.
Enumerar y detallar los requisitos. En caso de que
existan requisitos que necesiten alguna firma, validación, certificación, autorización, o visto bueno de un tercero se deberá señalar la persona o empresa que lo emita. En caso de que el Trámite o Servicio que
esté inscribiendo incluya como requisitos la realización de Trámites o Servicios adicionales, deberá identificar
plenamente los mismos, señalando además el Sujeto Obligado ante quien se realiza;
6.
Especificar si el Trámite o Servicio debe presentarse
mediante formato, escrito libre, ambos o puede solicitarse por otros medios;
7. El formato correspondiente
y la última fecha de publicación
en la Gaceta Oficial de la Ciudad
de México;
8. En caso de requerir
inspección o verificación señalar el objetivo
de la misma;
9.
Datos que se deben asentar y documentos que han de adjuntar
como requisitos;
10. Datos de contacto oficial
del Sujeto Obligado
responsable del Trámite
o Servicio;
11. Plazo que tiene el Sujeto Obligado para resolver
el Trámite o Servicio, en su caso, si aplica o no la afirmativa
o negativa ficta;
12. El plazo con el que cuenta el Sujeto Obligado para prevenir al solicitante y el plazo con el que cuenta el solicitante para
cumplir con la prevención;
13.
Documento a obtener o
beneficios para la persona;
14. Monto de los derechos
o aprovechamientos aplicables y, en su caso, la forma de determinar su monto, así como el lugar, la forma
o medios en que se debe cubrir y el momento de pago;
15. Vigencia de los avisos,
permisos, licencias, autorizaciones, registros y demás actos administrativos;
16. Criterios de resolución del Trámite o Servicio en su caso;
17. Todas la Unidades Administrativas ante las que se puede presentar el Trámite o solicitar el Servicio, incluyendo su domicilio;
18. Horarios de atención al público, en su caso;
19. Números de teléfono, correo electrónico, dirección
y demás datos relativos a cualquier otro medio que permita el envío
de consultas, documentos y quejas;
20. Formato único
de solicitud autorizado por la Unidad
en caso de que sea procedente;
21. La información que deberá conservar
para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del Trámite o Servicio;
22. Frecuencia
del Trámite o Servicio; que se refiere al número de solicitudes por parte de
los particulares en un año de referencia; y
23.
Cualquier otra información que se prevea en los Lineamientos
y el
Manual del Registro.
Figura 5. Inscripción al RETyS
Fuente: Elaboración de la ADIP.
Respecto a la Protesta Ciudadana, en el Registro de Visitas Domiciliarias y el Expediente Único de Trámites y Servicios, que son herramientas donde las personas físicas o jurídico colectivas serán los usuarios, se deberán generar los mecanismos de coordinación para su adecuada implementación y de acuerdo a los lineamientos que expida la CONAMER y los criterios de interoperabilidad para su vinculación con el Catálogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios (CNARTyS).
Al segundo grupo, la Estrategia Nacional la define como las herramientas que garantizan la gobernanza regulatoria y está integrado por la Agenda Regulatoria, la parte programática, de seguimiento y evaluación de la política en su conjunto, tanto de las regulaciones como de los trámites y servicios. En estas plataformas tecnológicas, los Sujetos Obligados plasmarán además de las acciones de simplificación administrativa; las acciones específicas para que a través del portal de Análisis de Impacto Regulatorio se dé la revisión sistemática de las regulaciones vigentes o de nueva creación de forma periódica y pueda cerrarse el ciclo de la gobernanza regulatoria.
Figura 6. Procedimiento general para Integrar la Agenda Regulatoria y los PMR´s
Fuente: Elaboración de la ADIP.
El Portal de Análisis de Impacto Regulatoria de la Ciudad de México, será el medio por el que se envíen a la Unidad de Mejora Regulatoria, para su análisis y dictaminación, por el cual se revisen las propuestas regulatorias que emitan los Sujetos Obligados, por lo que tendrán que enviarlas a la Unidad de Mejora Regulatoria para su análisis y dictaminación previo a su publicación en la Gaceta de Gobierno de la Ciudad de México. Se prevé la participación de los sectores de la sociedad a través de la consulta pública.
Figura 7. Procedimiento general para implementar el AIR
Fuente: Elaboración de la ADIP.
El tercer grupo de herramientas para la Mejora Regulatoria son las que se refieren a la participación de la Ciudad de México en las encuestas nacionales que miden la política de Mejora Regulatoria, principalmente la que se refiere a Encuesta Nacional de Calidad Regulatoria e Impacto Gubernamental de Empresas (ENCRIGE) y al Indicador Nacional de Mejora Regulatoria del Centro de Estudios Económicos del Sector Privado (CEESP) y el Consejo Coordinador Empresarial (CCE).
Por último, tenemos las herramientas que tienen que ver con el Desarrollo Urbano y Económico de las Entidades Federativas, que conforme a la Estrategia Nacional son parte de los programas especiales que lleva a cabo la CONAMER, particularmente para la Ciudad de México, serán prioridad tres:
●
La certificación del SIAPEM como el Sistema
de Apertura Rápida de Empresas
de la Ciudad de México;
●
La implementación del Portal de Responsabilidad Social
Mercantil; y
●
La Ventanilla Única de Construcción para giros de Bajo y Alto Impacto
Urbano.
Figura 8. Registro al Padrón de Responsabilidad Social Mercantil
Fuente: Elaboración de la ADIP.
Figura 9. Esquema de Ventanilla Única de Construcción
Fuente: Elaboración de la ADIP.
5.2.1 Metodologías:
Las herramientas de Mejora Regulatoria tienen el objetivo de garantizar la calidad de las regulaciones y evaluar su impacto en la economía, así como simplificar y reducir la carga administrativa de la ciudadanía y sector empresarial para mejorar la vida, productividad y el crecimiento económico.
Para poder estimar y evaluar el impacto de la carga administrativa, existen distintas metodologías, aceptadas y replicadas a nivel internacional, que permiten estimar el valor en términos monetarios de bienes y otros factores que no cuentan con un valor en el mercado (salud, ruido, tiempo, etc.). Lo anterior, permite hacer un mejor análisis de las regulaciones y su impacto, así como hacer comparaciones.
A continuación, se describen algunas de las más comunes que recomienda tanto la CONAMER como algunos organismos internacionales como la OCDE.
5.2.1.1
Modelo de Costeo
Estándar
El Modelo de Costeo Estándar (MCE) se utiliza para identificar y medir la carga administrativa que genera la regulación por los procesos y procedimientos que deben cumplir los sujetos regulados. El MCE estima los costos que resultan únicamente por las actividades que tiene que realizar el individuo para cumplir con una regulación. Esta metodología es efectiva para estimar el costo de los trámites y servicios e identificar cual es el proceso de un trámite o servicio con la mayor carga administrativa.
La estimación de costos se basa en identificar cada actividad que debe realizar el sujeto regulado para cumplir con la regulación. También es necesario estimar y asignar el costo monetario a cada una de estas actividades que van desde el proceso de comprensión del trámite hasta su presentación en las ventanillas de las oficinas de gobierno.
El Manual Internacional del MCE las denomina como actividades estándar, y éstas se refieren a aquellas actividades genéricas que el emprendedor realiza para cumplir con las diversas etapas y requisitos en el proceso de un trámite. En el documento original se dividieron en 16 actividades. Para el modelo aplicado a México se realizaron ciertas modificaciones y se consolidaron en ocho actividades estándar para la etapa de acumulación de requisitos y siete para las relacionadas a la carga administrativa que generan las actividades intergubernamentales para resolverle al particular, estas son:
1.
Identificación y comprensión de requisitos;
2.
Generación de nueva información;
3.
Recolección de información pre-existente;
4.
Reuniones con personal
interno;
5.
Llenado de formatos
y/o elaboración de solicitudes y reportes;
6.
Contratación y reuniones
con servicios externos;
7.
Creación y administración de archivos de respaldo; y
8.
Pagos, espera en oficinas públicas y traslados.
Derivado de lo anterior, el modelo consiste en identificar 4 aspectos:
●
Las obligaciones de información en una propuesta regulatoria;
●
Los documentos requeridos para cada obligación de información;
●
Las actividades estándar
necesarias para obtener
cada requisito; y
●
La cuantificación monetaria del costo de las actividades.
Respecto a las siete actividades intergubernamentales tenemos las siguientes:
1.
Revisión de requisitos;
2.
Análisis técnico;
3.
Inspección;
4.
Reuniones de análisis
interno;
5.
Resolución del trámite;
6.
Elaboración del oficio
de respuesta; y
7.
Validación oficial.
El tiempo de resolución se mide de dos formas, dependiendo el tipo de actor que lo lleva a cabo: costo para el ciudadano o costo para el empresario. Es necesario separar el costo que representa el tiempo que la dependencia tarda en dar respuesta a un trámite, debido a que no tienen el mismo impacto los trámites ciudadanos que los empresariales.
La anterior metodología se utiliza en la CONAMER para medir el costo social de los trámites y servicios de los Estados a través del Programa Simplifica o el AIR, con la finalidad de saber cuáles son los más costosos y desarrollar un programa de mejora regulatoria y de simplificación administrativa (para disminuir la carga administrativa) priorizando también los recursos disponibles.
La Mejora Regulatoria como política pública, abona a la revisión ex ante y ex post de las propuestas de creación, modificación o eliminación de las regulaciones, tendientes a regular o desregular alguna problemática en específico.
En este sentido, los mecanismos para el fortalecimiento de las capacidades jurídicas e institucionales se refieren a la capacidad de mejora de las habilidades administrativas y de gestión de los sujetos obligados y que se ven favorecidas por la implementación de las herramientas de mejora regulatoria permitiendo el logro de los objetivos institucionales plasmados en la presente Estrategia. Los mecanismos que se consideran para tales fines son los siguientes:
●
La integración e implementación de los programas de mejora regulatoria,
que permitirá abonar a fortalecer las capacidades de planeación y utilización de los
recursos destinados para la
mejora regulatoria;
●
Aplicación de diferentes metodologías para la revisión y análisis de
impacto regulatorio; que permite medir los beneficios y costos de una regulación y seleccionar las mejores alternativas de solución a un problema;
●
Con la implementación del Catálogo de Regulaciones, Trámites y
Servicios se mejora la capacidad de los Sujetos Obligados para sustentar jurídicamente los requisitos, tiempos
de respuesta, procesos y en general para solucionar un problema de las regulaciones a partir de sus impactos en la
sociedad; y
●
Con esquemas de simplificación y digitalización se fortalecen las
capacidades de las personas servidoras públicas para simplificar,
digitalizar y mejorar los trámites
y servicios en beneficio
de la sociedad.
Una vez que los Sujetos Obligados presenten a la Unidad de Mejora Regulatoria sus Programas de Mejora Regulatoria, deberán iniciar, de acuerdo a la fecha de cumplimiento estipulada, con el proceso de Simplificación y en su caso Digitalización de los trámites y servicios programados.
En sus Programas de Mejora Regulatoria se prevén las acciones de mejora a las regulaciones y a los trámites y servicios, en este sentido la Unidad de Mejora Regulatoria deberá incluir dichas acciones, además de los Lineamientos para integrar la Agenda Regulatoria y los Programas de Mejora Regulatoria, en los Lineamientos y/o Manual respectivo de Simplificación y Digitalización de Trámites y Servicios, con la finalidad de que exista congruencia y claridad para la instrumentación de las mejoras por parte de los Sujetos Obligados.
Acciones a realizar:
●
Creación, reforma y/o eliminación de regulaciones;
●
Medición de los impactos de las propuestas de regulación a través del AIR;
●
Ampliación o reducción de plazos;
●
Ampliación o reducción de la vigencia;
●
Creación o eliminación de requisitos,
●
Creación o eliminación de datos o documentos;
●
Simplificación, mejora y/o digitalización del procedimiento;
●
Digitalización parcial o de punta a punta, por etapas u otras;
●
Mejora al formato;
●
Quitar o establecer la afirmativa o negativa ficta;
●
Mejora de medios
digitales;
●
Suprimir obligaciones; y
●
Creación, eliminación o fusión de trámites, servicios o modalidades.
De igual forma, para llevar a cabo las mejoras de simplificación de los trámites y servicios, la Unidad de Mejora Regulatoria en coordinación con los Sujetos Obligados, adoptará medidas que permitan tener trámites y servicios más ágiles con mayor certeza jurídica y con acceso a las tecnologías digitales en beneficio de los ciudadanos y particulares:
●
Elaborar un diagnóstico regulatorio que contenga
el análisis del marco normativo
vigente que lo sustenta, requisitos, tiempo de respuesta
y/o vigencia; así como el mapeo general
y específico desde su ingreso,
dictaminación y hasta la elaboración del resolutivo o respuesta a la solicitud.
●
Presentar una propuesta
integral de simplificación y en su caso digitalización, considerando las reformas
normativas necesarias para su
implementación.
●
Justificar la viabilidad de proyectos en términos financieros y de recursos humanos
existentes.
●
Presentar un calendario de actividades para llevar a cabo la simplificación.
6.1. Mecanismos de observación y cumplimiento de indicadores
Para dar seguimiento puntual a la implementación de la Política de Mejora Regulatoria en la Ciudad de México, la presente Estrategia contempla los mecanismos e indicadores que legitimará los instrumentos programáticos utilizados y además permitirán medir los resultados esperados.
En primer lugar, podemos decir que el mecanismo oficial de medición y evaluación en la implementación de la política de mejora regulatoria lo constituye el Observatorio Nacional de Mejora Regulatoria, que como parte del Sistema Nacional tiene esa atribución de acuerdo a lo establecido en la Ley General.
En segundo lugar, para el seguimiento y evaluación de la Estrategia de la Ciudad de México, se consideran ciertos indicadores que miden el impacto y grado de cumplimiento de las líneas de acción establecidas en la Agenda Regulatoria y los Programas de Mejora Regulatoria por parte de los Sujetos Obligados bajo las características establecidas en la Estrategia Nacional:
●
Dar seguimiento al cumplimiento de los plazos
establecidos en el horizonte de implementación de la Estrategia;
●
Llevar a cabo la reconducción de las acciones
regulatorias y a las fechas de los Programas de Mejora Regulatoria, de acuerdo a las solicitudes por parte de los Sujetos Obligados;
●
Dar seguimiento de forma coordinada las acciones emprendidas por los sujetos
obligados con respecto
a lo establecido en la
Estrategia;
●
Evaluar la implementación semestral y anual de la Agenda Regulatoria y los Programas de Mejora Regulatoria conforme los indicadores establecidos para
tal fin;
●
Establecer de forma clara la evidencia que deberán entregar
los Sujetos Obligados
que sustenten el cumplimiento de los objetivos
y las acciones de la Estrategia, la Agenda Regulatoria y los Programas de Mejora Regulatoria; y
●
Presentar al Consejo
y difundir entre los diferentes sectores de la sociedad los resultados del seguimiento y evaluación, así como los indicadores utilizados.
Derivado de los anteriores elementos, se solicitará a los Sujetos Obligado que integren su Agenda Regulatoria cada seis meses, los primeros días de los meses de noviembre y mayo de cada año. En términos del artículo 61 de la Ley de Mejora Regulatoria CDMX y sus Programas de Mejora Regulatoria con evaluaciones cada seis meses, teniendo que describir las acciones de mejora a la regulación y las referentes a la simplificación y digitalización de sus trámites y servicios, así como la fecha de cumplimiento de las mismas.
Para el seguimiento y evaluación, los Sujetos Obligados deberán enviar o subir a la plataforma las acciones que llevaron a cabo cada seis meses, enviando la evidencia necesaria para la validación por parte de la Unidad de Mejora Regulatoria.
Para el logro de los objetivos de la Estrategia, la Unidad de Mejora Regulatoria considera los siguientes indicadores:
Nombre del Indicador |
Variables relacionadas |
1. Grado de cumplimiento de la Agenda
Regulatoria |
●
Acciones de mejora; y ●
Total de regulaciones |
2. Grado de cumplimiento de los Programas de Mejora Regulatoria |
●
Acciones programadas; y ●
Acciones cumplidas. |
3. Porcentaje de regulaciones que ingresaron para
AIR |
●
Propuesta de regulaciones ingresadas para AIR; y ●
Propuestas de regulaciones programadas en la AR. |
4. Porcentaje por tipo de AIR ingresadas |
●
Solicitudes de Exención de AIR; ●
Solicitudes de AIR periódicas; ●
Solicitudes de AIR de Emergencia; y ●
Solicitudes de AIR Ordinarias. |
5. Grado de revisión de AIR |
●
AIR ingresadas al portal; y ●
Resoluciones emitidas. |
6. Grado de digitalización de los trámites y servicios |
●
Trámites y servicios digitalizados; y ●
Total de trámites y servicios del RETyS. |
7. Grado de simplificación de los trámites y servicios |
●
Trámites y servicios simplificados; y ●
Total de trámites y servicios del RETyS |
8. Porcentaje de actualización del RETyS |
●
Trámites y servicios actualizados; y ●
Total de trámites y servicios del
RETyS |
9. Grado de profesionalización de enlaces de Mejora Regulatoria |
●
Enlaces de Mejora
Regulatoria que tomaron cursos; y ●
Total de Enlaces
de Mejora Regulatoria |
10. Porcentaje de atención de la Protesta Ciudadana |
●
Protestas ingresadas; y ●
Protestas atendidas en tiempo y forma. |
11. Porcentaje de herramientas de Mejora Regulatoria implementadas |
●
Herramientas implementadas; y ●
Total de herramientas a implementar. |
12. Cumplimiento de sesiones del Consejo de Mejora Regulatoria y Simplificación
Administrativa |
●
Sesiones realizadas; y ●
Sesiones programadas |
Fuente: Elaboración de la ADIP.
Con los indicadores descritos en el cuadro anterior, se elaborará un documento de informe anual de cumplimiento de la Estrategia, la Agenda Regulatoria y los Programas de Mejora Regulatoria, el cual se presentará al Consejo y se dará a conocer a los diferentes sectores de la sociedad.
Para la construcción de los indicadores se contemplan elementos mínimos a los que las Sujetos deben apegarse para implementar la política de Mejora Regulatoria; en este sentido tenemos los siguientes:
Herramientas |
Estándares |
Agenda Regulatoria y Programas de Mejora
Regulatoria |
●
Claridad de los trámites y servicios a mejorar; ●
Acciones a implementar de mejora a la regulación; creación, reforma, eliminación; problemática y beneficios; ●
Acciones de mejora a los trámites y servicios; simplificar el procedimiento, digitalizar los trámites o servicios, reducción los requisitos y plazos de respuesta, homologar los formatos,
etc.; ●
Presupuesto con el que cuenta
el sujeto obligado para llevarlas a cabo; y ●
Evidencia de las acciones realizadas para su evaluación. |
Registro Electrónico de Trámites y Servicios |
●
Lenguaje ciudadano e incluyente; ●
Sustento jurídico del trámite o servicio de los requisitos y tiempos de respuesta; y ●
Formato Único del trámite. |
Registro de Regulaciones |
●
Tipo de Ordenamiento; ●
Objeto claro de la regulación; ●
Trámites y servicios que impacta la regulación; e ●
Identificación del sustento para llevar a cabo
las verificaciones. |
Protesta Ciudadana |
●
Tipo de trámite o servicios motivo
de la queja; ●
Justificación clara de la protesta; y ●
Tiempo de resolución en cinco días. |
Registro de Visitas
Domiciliarias |
●
Padrón de verificadores con esquemas de identificación oficial
y por materia; ●
Esquema de coordinación para las visitas domiciliarias; y ●
Publicación de las verificaciones. |
Expediente Único de Trámites y Servicios |
●
Mecanismo de autenticación de los usuarios; ●
Mecanismo de integración del expediente digital del usuario; ●
Procedimiento para la gestión de trámites
y servicios; y ●
Tipo de firma
electrónica avanzada o sello electrónico para los
resolutivos. |
Análisis de Impacto Regulatorio ex ante y ex post |
●
Problemática que se quiere atender; ●
Justificación de emitir, reformar o eliminar la regulación; ●
Alternativas de solución; ●
Impactos de la regulación; ●
Costo - beneficio de la regulación; e |
|
●
Instrumento de Consulta Pública de la
propuesta de regulación; ●
Mecanismos de implementación; y ●
Evaluación de la regulación ya implementada. |
Sistema de Apertura Rápida
de Empresas (SARE);
SIAPEM para la Ciudad
de México |
●
Plazo de resolución en tres días; ●
Catálogo de giros
de bajo riesgo
o impacto conforme al SCIAN; ●
Procedimiento sencillo para
el ciudadano; y ●
Formato Único del Trámite. |
Portal de Responsabilidad Social
Mercantil |
●
Inscribirse al padrón
de empresas y tener
el aviso de funcionamiento
a través del SIAPEM. |
Ventanilla Única
de Construcción para
Manifestación de Construcción tipo A, B y C. |
●
Tiempo de respuesta de 60 a 90
días; ●
Integración de un expediente
digital para el proceso
de dictaminación; y ●
Formato Único digital. |
Fuente: Elaboración de la ADIP.