Programa de Conservación
y Manejo Sustentable
de las Barrancas del Distrito Federal
Componentes
c. Ordenamiento y Control de los Asentamientos
Humanos
Este
componente definirá los lineamientos, criterios y acciones
para el tratamiento de los asentamientos humanos localizados
en las barrancas. Debido a que es un componente básico
para dirigir las acciones de recuperación, protección
a la población y mejoramiento de la calidad ambiental,
se considerará la tipología identificada en el componente
de Diagnóstico para contar con los elementos necesarios
para su ejecución. Este estudio contempla las fases
siguientes:
-
Integración
de la información. En esta fase se incorporará
toda la información de los asentamientos humanos
proveniente de la fase de Diagnóstico a una base
de datos relacional.
-
Caracterización.
En esta fase se realizará una delimitación
y caracterización de todos los asentamientos humanos
ubicados en las barrancas.
-
Problemática.
Con base en la información generada por los componentes
anteriores, se identificará la problemática
existente en cada uno de los asentamientos.
-
Definición
de variables ambientales. En esta fase se definirán
los criterios y las variables ambientales que mejor caracterizan
a los asentamientos humanos.
-
Propuesta
de políticas. Se realizarán propuestas sobre
los lineamientos y las políticas de tratamiento
a que serán sometidos los asentamientos humanos.
En esta última fase se integrará toda la información
proveniente de las fases anteriores, para con ello contar
con las bases suficientes para las propuestas de los lineamientos
y políticas de tratamiento. Estas políticas
serán:
Consolidación
y mejoramiento. Se aplicará en los asentamientos
que presentan un alto grado de consolidación en sus
construcciones. No deberán estar ubicados en zonas
de riesgo inminente o en áreas con vulnerabilidad
ecológica y sin problemas en la tenencia de la tierra. La regularización
del asentamiento sería a través de la elaboración
de un Programa Parcial para guiar y controlar su comportamiento
urbano.
Ordenamiento.
Este lineamiento será aplicado a los asentamientos
que se ubican en zonas de riesgo inminente por estar ubicados
en laderas susceptibles a deslaves. No invaden zonas federales
por lo que su falta incide únicamente a las regulaciones
normativas del uso del suelo y de construcciones. En estos
asentamientos se aplicarán medidas de protección
a la población con reubicaciones planeadas con la generación
de reserva territorial. Las acciones de reubicación
se realizarán en sitios adecuados y con soporte socio
- ambiental.
Control
Se aplicará en los asentamientos que se ubiquen en
zonas de riesgo inminente, como laderas susceptibles a deslaves,
ó asentados en áreas importantes desde el
punto de vista ecológico y desalojar desechos sólidos
o líquidos a los escurrimientos superficiales o que
degradan la masa forestal de la zona por tala inmoderada.
En la mayoría de los casos los asentamientos presentan un bajo
grado de consolidación en las construcciones. Legalmente,
estos asentamientos son considerados como invasiones por
la ocupación de zonas federales, del dominio del
Distrito Federal o de predios con propiedad privada, creados
por la compra - venta ilícita de terrenos. Adicionalmente
a la recuperación del área que ocupan estos
asentamientos, a través de la ejecución de desalojos, será
necesario implementar en contra de la venta ilegal de predios.
d. Situación Jurídica
Aún
cuando se reconoce la importancia de las barrancas por considerarlas
parte fundamental de la hidrodinámica del Distrito
Federal y ser una importante fuente de captación de
agua, no se cuenta con la legislación ni con la definición
de la instancia administrativa que debe atender su problemática.
De esta manera, este componente tiene como objetivo analizar
los ordenamientos jurídicos, su aplicación y
la incidencia institucional para proponer las modificaciones a
las leyes y reglamentos, así como proponer las normas que permitan
la conservación y el manejo de los recursos naturales
de las barrancas. Por otra parte, se establecerán criterios
y lineamientos para la ejecución de acciones, programas
y proyectos para la restauración, protección
y aprovechamiento de los recursos naturales presentes en las
barrancas.
En este
componente se desarrollarán las actividades siguientes:
a) revisión de la legislación aplicable a las
barrancas con el fin de proponer reformas a los ordenamientos
legales que las regulan, b) elaborar o modificar la regulación
ambiental para detener el tiro de escombro y relleno de barrancas.
Asimismo, determinar los lineamientos y criterios para el
desazolve y la construcción de obras hidráulicas,
c) proponer la normatividad para la conservación y el manejo
sustentable de las barrancas y, d) desarrollar y definir la
estrategia de coordinación interinstitucional y social
para fortalecer las medidas administrativas y legales de conservación,
protección y manejo de las barrancas del Distrito Federal.
A través
de talleres de participación, se pretende revisar la
normatividad vigente y analizar la incidencia de las instituciones
que intervienen o que deban integrarse al manejo de las barrancas
del Distrito Federal. Con ello se podrán definir y
proponer las modificaciones, adiciones y complementaciones
a los ordenamientos legales en la materia. Asimismo, se generará
un proyecto de regulación para evitar el tiro de cascajo
en las barrancas, con lo que se evitará su relleno y la problemática
derivada de los azolves. En éste se definirán
los procedimientos administrativos y de operación institucional
que permitirá resolver uno de los principales elementos
de degradación de las condiciones naturales de las
barrancas.
Con
el fin de garantizar la aceptación social, se prevé
el trabajo con las comunidades y colonias aledañas
a las barrancas a través de la ejecución de
talleres participativos y actividades de sensibilización
y concientización ambiental.
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