Dirección de Estudios, Dictámenes y Peritajes de Protección Ambiental
 

Funciones:

    1. Dirigir la elaboración de estudios, informes, reportes, dictámenes técnicos, dictámenes periciales, opiniones técnicas e informes especiales en materia de protección ambiental, los cuales deberán evaluar los daños ambientales o urbanos generados, así como proponer las medidas necesarias para prevenir, evitar, minimizar, mitigar, restaurar, remediar y compensar los efectos adversos al ambiente y a los recursos naturales.
    2. Establecer el registro de los estudios, informes, reportes, dictámenes técnicos, dictámenes periciales, opiniones técnicas e informes especiales.
    3. Dirigir la sistematización y el análisis de la información existente en materia ambiental para su acceso público y utilización.
    4. Conducir la realización de las evaluaciones ambientales y urbanas de carácter estratégico de los proyectos públicos y privados de alto impacto en materia de protección ambiental del Distrito Federal
    5. Dirigir en el ámbito de su competencia con el Ministerio Público en los procedimientos penales que se instauren con motivo de delitos contra el ambiente o la gestión ambiental, previstos en la legislación en la materia, así como de cualquier otro delito relacionado con la aplicación y cumplimiento de las disposiciones en materia de protección ambiental.
    6. Conducir dictámenes técnicos y dictámenes periciales a solicitud de personas físicas o morales en materia de protección ambiental.
    7. Fortalecer el apoyo en el análisis técnico de las pruebas recabadas, y/o presentadas en las denuncias ciudadanas o investigaciones de oficio en materia de protección ambiental.
    8. Fortalecer apoyo técnico y científico en la integración de expedientes de asuntos en que se requiera presentar denuncias penales o administrativas por violaciones a la normatividad en materia de protección ambiental
    9. Proponer al titular de la subprocuraduría los criterios o lineamientos que permitan fortalecer el trabajo técnico de la entidad.
    10. Proponer y dirigir las gestiones con las autoridades de los diferentes órdenes de gobierno para apoyar la elaboración de los estudios, informes, reportes, dictámenes técnicos, dictámenes periciales, opiniones técnicas e informes especiales en materia de protección ambiental.
    11. Fortalecer el trabajo interinstitucional y/o con las Direcciones de la Subprocuraduría para la elaboración de dictámenes técnicos y dictámenes periciales en materia ambiental.
    12. Dirigir las evaluaciones de daños ambientales y urbanos generados, así como proponer las medidas necesarias para prevenir, evitar, minimizar, mitigar, restaurar, remediar y compensar los efectos adversos al ambiente, a los recursos naturales en materia de protección ambiental.
    13. Participar en la formulación de normas, estudios y programas relacionados con las disposiciones jurídicas ambientales de protección ambiental.
    14. Proponer el trabajo en materia de protección ambiental desarrollado por instancias externas, académicas y privadas.
    15. Participar en foros nacionales e internacionales en representación del titular de la Subprocuraduría y/o de la Procuraduría.
    16. Coordinar los reconocimientos de hechos para la imposición de acciones precautorias para la elaboración de estudios, dictámenes y peritajes.
    17. Las demás que determine el titular de la Subprocuraduría.


*Manual Administrativo de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal con número de registro MA-06DPA-12/10 autorizada por la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Oficialía Mayor del D.F.