Las construcciones que se realicen en la Ciudad de México requieren del Dictamen de Factibilidad de Servicios Hidráulicos.
Lo emite la dependencia encargada de la operación hidráulica de la ciudad: Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX).
Consiste en una opinión técnica, vinculante y obligatoria, relativa a la dotación de los servicios hidráulicos de agua potable, agua residual tratada y drenaje, previa a la obtención del Registro de Manifestación de Construcción que considera la disponibilidad del agua y la infraestructura para su prestación.
Deben solicitarla todos aquellos que pretendan construir nuevos fraccionamientos, conjuntos habitacionales, comerciales, industriales, mixtos o de otro uso, así como en los casos de ampliación o modificación del uso o destino de inmuebles. artículos 4, fracción XV, y 62 de la Ley del Derecho al Acceso, Disposición y Saneamiento del Agua de la Ciudad de México.
La Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México (PAOT) tiene facultades para revisar la legalidad de las nuevas construcciones, lo que significa revisar que las obras nuevas cuenten con el Dictamen de Factibilidad de Servicios Hidráulicos. No obstante, la emisión y el contenido de dicho dictamen son facultades exclusivas de SACMEX.