¿Por qué la PAOT está obligada a incluir el enfoque de género en sus acciones?

 

Con la reforma que se realizó en el año 2011 al Artículo 1º Constitucional, los acuerdos internacionales relacionados con los derechos humanos son obligatorios y adquieren el rango más alto en nuestro marco jurídico, incluidos los referidos a las mujeres, la igualdad de género y los derechos ambientales.
Además, en nuestro país se han generado instrumentos jurídicos con la finalidad de que los tres órdenes de gobierno garanticen la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres, se promueva el empoderamiento de las mujeres y la lucha contra toda discriminación basada en el sexo.
En el caso particular de la Ciudad de México, se ha adquirido el compromiso de garantizar la Igualdad Sustantiva entre mujeres y hombres, y coadyuvar en la disminución de las brechas de desigualdad existentes a través del Programa General de Desarrollo 2013-2018 y el Programa Especial de Igualdad de Oportunidades y No Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de México 2015-2018.
Con base en estos breves antecedentes es que la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México (PAOT), como organismo público descentralizado, emprendió la elaboración del Programa de Género y Medio Ambiente (PROGEMA) con la finalidad de alcanzar la transversalidad de la perspectiva de género en sus acciones.
El PROGEMA se elaboró a través de un proceso participativo que comprendió las siguientes acciones:
Talleres ”Género y Medio Ambiente“ para Pre-diagnóstico
2015
  • 19 de noviembre
  • 23 de noviembre
Presentación del Progema
2016
  • 25 de julio
Reuniones de seguimiento con el “Grupo Promotor de la Igualdad de Género“
2016
  • 13 de junio
  • 8 de julio
2018
  • 10 de agosto