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2O AÑOS DE LA PAOT  REFORMAS LOPAOT
              APORTES PRINCIPALES





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                    Se crea la Procuraduría Ambiental               ante órganos jurisdiccionales en representación
                    y del Ordenamiento Territorial                  del interés legítimo de la población para la defensa
                    del Distrito Federal                            de los intereses ambientales y territoriales
                                                                    de la ciudadanía y refuerza su carácter de mediador
                                                                   •  Se consolida la creación del Comité Técnico Asesor (cta),
                                                                    integrado por personas ciudadanas expertas
                                                                    en las distintas temáticas que aborda la Procuraduría

                 2001      2002                                2006                2008

                                                                                       •  Se faculta a la paot para solicitar a la autoridad
                              •  Se publica el Reglamento                               competente la revocación y cancelación
                                de la lopaot en la Gaceta Oficial                       de licencias, certificados, autorizaciones
                                del Distrito Federal                                    y registros, cuando se otorguen en contra
                              •  Se recibe la primera denuncia                          de lo prescrito por las disposiciones jurídicas
                                ciudadana en la paot                                    en materia ambiental y del ordenamiento territorial
                                                                                       •  Se crea la Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos
                                                                                       •  Se faculta a la paot para imponer acciones
                                                                                        precautorias para evitar o detener la consumación
                                                                                        irreparable de presuntas violaciones a los derechos
                                                                                        ambientales y territoriales de las personas
                                                                                        habitantes de la Ciudad de México


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