Transparencia

 

Información pública de oficio

Artículo 14.
Los Entes Obligados deberán mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
I.
El marco normativo aplicable al Ente Obligado, en la que deberá incluirse la gaceta oficial, leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, reglas de procedimiento, manuales administrativos, políticas emitidas aplicables al ámbito de su competencia;


a) Gaceta Oficial de la Ciudad de México

b) Diario Oficial de la Federación
c) Leyes, Códigos, Reglamentos aplicables de las actividades
de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento
Territorial de la Ciudad de México


d) Decreto de creación de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México

La Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México como autoridad ambiental es un organismo público descentralizado de la Administración Pública, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía operativa y financiera para el buen desempeño de sus funciones.

Conforme a lo establecido en el artículo 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Ciudad de México, los organismos descentralizados son creados por decreto del Jefe de Gobierno o por Ley de la Asamblea Legislativa.

Conforme a lo anterior, el 13 de enero del año 2000, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la Ley Ambiental de la Ciudad de México ( Consultar dar click ) que en su artículo 11 señala:

"ARTÍCULO 11.- Se establecerá la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México, para la protección, defensa y restauración del medio ambiente y del desarrollo urbano; así como para instaurar mecanismos, instancias y procedimientos administrativos que procuren el cumplimiento de tales fines, en los términos de las disposiciones de la presente Ley y de la Ley de Desarrollo Urbano de la Ciudad de México."

En la mencionada publicación, el artículo SÉPTIMO transitorio, refiere:

"SÉPTIMO.- El Jefe de Gobierno formulará la Iniciativa de Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México que se menciona en el artículo 11 de ésta Ley, y la presentará a la consideración de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México, en un plazo no mayor de noventa días, contados a partir de la publicación de éste ordenamiento en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México."

Por lo anterior, el 21 de abril de 2001, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México ( Consultar dar click ) siendo nombrado el 4 de octubre de 2001 el Procurador Ambiental y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México.

e) Reglas de procedimiento

Los procedimientos con los que cuenta esta Procuraduría, forman parte de su Manual Administrativo ( Consultar dar click ) (páginas 128 a 261). Este manual fue aprobado y registrado mediante oficio CG/CGMA/DDO/2273/2011 y no se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

f) Manuales Administrativos
g) Políticas
h) Reglas de carácter general
i)Otros documentos normativos

Periodo de actualización: 19 / octubre / 2016
Fecha de validación: 19 / octubre / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información:Coordinación Administrativa.

II.
Su estructura orgánica en un formato que permita vincular por cada eslabón de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden de conformidad con las disposiciones aplicables;

a)
Organigrama
b) Estructura Orgánica

Periodo de actualización: 31 / marzo / 2016
Fecha de validación: 29 / abril / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Coordinación Administrativa.
III.

La relativa a las funciones, objetivos y actividades relevantes del Ente Obligado, así como incluir indicadores de gestión

a)¿Qué es PAOT?
b)Misión y Visión
c)Atribuciones de la PAOT (Artículo 5 y 50 de la Ley)
d)Resultados PAOT
e) Indicadores de Gestión PROMOEVA

2015
2014
Aviso por el cual se da a conocer la deshabilitación del SIPROMOEVA Publicación en la Gaceta Oficial
2011
2012
2013

Periodo de actualización: 19 / octubre / 2016
Fecha de validación: 19 / octubre / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Coordinación Administrativa.
IV.
El directorio de servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente hasta el titular del Ente Obligado, con nombre, fotografía, domicilio oficial, número telefónico oficial y en su caso dirección electrónica oficial;

a)
Directorio de servidores públicos

Periodo de actualización: 19 / octubre / 2016
Fecha de validación: 19 / octubre / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Coordinación Administrativa.
V.

Periodo de actualización:
19 / octubre / 2016
Fecha de validación: 19 / octubre / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Coordinación Administrativa.
VI.
Remuneración mensual bruta y neta de todos los servidores públicos por sueldos o por honorarios, incluyendo todas las percepciones, prestaciones y sistemas de compensación, en un formato que permita vincular a cada servidor público con su remuneración;
Remuneraciones de los servidores públicos de confianza. Remuneraciones del personal contratado bajo el régimen de honorarios.

Periodo de actualización: 19 / octubre / 2016
Fecha de validación: 19 / octubre / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Coordinación Administrativa.
VII.
Una lista con el importe por concepto de viáticos y gastos de representación que mensualmente los servidores públicos hayan ejecutado por concepto de encargo o comisión;

a)2016
b)2015
c)
2014
d)2013
e)2012
f)2011
g)2010

Periodo de actualización:
19 / octubre / 2016
Fecha de validación:
19 / octubre / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Coordinación Administrativa.

VIII.
La relación de los bienes que le sean asignados y el monto a que ascienden los mismos, siempre que su valor sea superior a trescientos cincuenta veces el salario mínimo vigente de la Ciudad de México, así como el catálogo o informe de altas y bajas;

Bienes muebles Bienes inmuebles
Alta bienes muebles Alta bienes inmuebles
Baja bienes muebles Baja bienes inmuebles

Periodo de actualización: 19 / octubre / 2016
Fecha de validación: 19 / octubre / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Coordinación Administrativa.
IX.

La relación del número de recomendaciones emitidas por el Instituto al Ente Obligado, y el seguimiento a cada una de ellas;

Periodo de actualización: 19 / octubre / 2016
Fecha de validación: 19 / octubre / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos.

X.

a)
Los ingresos recibidos por cualquier concepto, incluidos los donativos, señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos;
b) Los montos destinados a gastos relativos a Comunicación Social;
c) El presupuesto de egresos y método para su estimación, incluida toda la información relativa a los tratamientos fiscales diferenciados o preferenciales;
d)
Las bases de cálculo de los ingresos;
e)
Los informes de cuenta pública;
f)
Aplicación de fondos auxiliares especiales y el origen de los ingresos ;
g) Estados financieros y presupuestales, cuando así proceda, y
h) Las cantidades recibidas de manera desglosada por concepto de recursos autogenerados, y en su caso, el uso o aplicación que se les da.

Periodo de actualización: 31 / marzo / 2015
Fecha de validación: 29 / abril / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Coordinación Administrativa.
XI .
La calendarización, las minutas y las actas de las reuniones públicas de los diversos consejos, órganos colegiados, gabinetes, sesiones plenarias, comités, comisiones y sesiones de trabajo que convoquen los Entes Obligados, en el ámbito de su competencia. Se deberán difundir las minutas o las actas de las reuniones y las sesiones en los términos del artículo 37 de esta Ley;


a) Consejo de Gobierno
b) Comité de Transparencia
c) Comité Técnico Interno de Administración de Documentos
d) Subcomité de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios
e) Comité Técnico Asesor


Periodo de actualización: 19 / octubre / 2016
Fecha de validación: 19 / octubre / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información:
Oficina del Procurador, Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos, Coordinación Administrativa.

XII.
Periodo de actualización: 19 / octubre / 2016
Fecha de validación: 19 / octubre / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos.
XIII.

Periodo de actualización:
31 / marzo / 2016
Fecha de validación: 29 / abril / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Coordinación Administrativa, subprocuraduría de asuntos jurídicos.
XIV.
La relación del número de recomendaciones emitidas al Ente Obligado por la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, y el seguimiento a cada una de ellas, así como el avance e implementación de las líneas de acción del Programa de Derechos Humanos que le corresponda;


a)Recomendaciones dirigidas a la Procuraduría Ambiental
y del Ordenamiento Territorial de la Ciudad de México.


b)
Líneas de acción del Programa de Derechos Humanos
del DF asignadas a la PAOT

c)Avance de implementación de las líneas de acción
del Programa de Derechos Humanos


Periodo de actualización: 31 / enero / 2016
Fecha de validación: 29 / abril / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos y Coordinación Administrativa.

XV.
a) Los resultados de todo tipo de auditorías concluidas, hechas al ejercicio presupuestal de cada uno de los Entes Obligados;
b) El número y tipo de auditorias a realizar en el ejercicio presupuestario respectivo, así como el órgano que lo realizó;
c) Número total de observaciones determinadas en los resultados de auditoria por cada rubro sujeto a revisión y las sanciones o medidas correctivas impuestas; y
d) Respecto del seguimiento de los resultados de auditorías, el total de las aclaraciones efectuadas por el Ente Obligado.

Fecha de actualización: 30 / Diciembre / 2016
Fecha de validación: 10 / Enero / 2017
Área o unidad administrativa responsable de la información: Coordinación Administrativa.
XVI.

Los dictámenes de cuenta pública así como los estados financieros y demás información que los órganos de fiscalización superior utilizan para emitir dichos dictámenes;


La fracción no aplica a la PAOT. Esta información es generada por la Auditoría Superior de la Ciudad de México, conforme a lo establecido en el artículo 3 de su Ley Orgánica.

Para consultar los Dictámenes de la Cuenta Pública, deberá ingresar a la sección de transparencia del portal http://www.cmhaldf.gob.mx

Dentro de la sección se deberá seleccionar el vínculo de información pública de oficio, en específico, artículo 14 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fracción XVI, donde se podrá consultar el informe de resultados y los dictámenes de los estados financieros.

Periodo de actualización: 31 / marzo / 2016
Fecha de validación: 29 / abril / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos.
XVII.



Los convenios institucionales celebrados por el Ente Obligado, especificando el tipo de convenio, con quién se celebra, objetivo, fecha de celebración y vigencia;

Convenios

Periodo de actualización: 19 / octubre / 2016
Fecha de validación: 19 / octubre / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos.

XVIII.




Respecto de las concesiones, licencias, permisos y autorizaciones, se deberá publicar su objeto, el nombre o razón social del titular, vigencia, el tipo, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos;
Conforme a los criterios y metodología de evaluación de la Información Pública de Oficio que deben dar a conocer los Entes Obligados en su portal de internet aprobados por el INFODF, esta fracción es aplicable a la PAOT, sin embargo con forme a las atribuciones señaladas en el artículo 5 de su Ley Orgánica y 50 de su Reglamento, la PAOT no está facultada para otorgar concesiones, licitaciones, permisos y autorizaciones y por tanto, no ha generado información al periodo que se evalúa.

Periodo de actualización: 19 / octubre / 2016
Fecha de validación: 19 / octubre / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos.
XIX.
Los informes que debe rendir el ente obligado, la unidad responsable de los mismos, el fundamento legal que obliga a su generación, así como su calendario de publicación;
a)Informes que presenta el Procurador ante Consejo de Gobierno

b)Informes de acceso a la Información Pública y Datos Personales
que presenta la Oficina de Información Pública de la PAOT ante el
Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.


Periodo de actualización: 31 / marzo / 2016
Fecha de validación: 29 / abril / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información:
Oficina del Procurador, Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos.
XX.
Los servicios y programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos;


a) Programas: Conforme a los criterios y metodología de evaluación de la Información Pública de Oficio que deben dar a conocer los Entes Obligados en su portal de internet aprobados por el INFODF, esta fracción es aplicable a la PAOT, sin embargo con forme a las atribuciones señaladas en el artículo 5 de la Ley Orgánica de la PAOT y 50 de su Reglamento, la PAOT no está facultada para implementar programas sociales que otorguen beneficios, recursos y/o apoyos de carácter material y económico a los diferentes sectores de la población e instituciones sin fines de lucro y por tanto, no ha generado información al periodo que se evalúa.

b) Servicios

Periodo de actualización: 31 / marzo / 2016
Fecha de validación: 29 / abril / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos.
XXI.

Periodo de actualización: 31 / marzo / 2016
Fecha de validación: 29 / abril / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos.
XXII.
Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les entregue o permita usar recursos públicos. Asimismo, cuando la normatividad interna lo establezca, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;


Conforme a los criterios y metodología de evaluación de la Información Pública de Oficio que deben dar a conocer los Entes Obligados en su portal de internet aprobados por el INFODF, esta fracción es aplicable a la PAOT, sin embargo con forme a las atribuciones señaladas en el artículo 5 de su Ley Orgánica y 50 de su Reglamento, PAOT no está facultada para entregar o permitir el uso de recursos públicos con fines educativos, de salud, cultural, social o económico y por tanto, no ha generado información al periodo que se evalúa.
Periodo de actualización:
31 / marzo / 2016
Fecha de validación: 29 / abril / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos.

XXIII.

La relacionada con los programas y centros destinados a la práctica de actividad física, el ejercicio y el deporte, incluyendo sus direcciones, horarios y modalidades;

Conforme a los criterios y metodología de evaluación de la Información Pública de Oficio que deben dar a conocer los Entes Obligados en su portal de internet aprobados por el INFODF, esta fracción es aplicable a la PAOT, sin embargo con forme a las atribuciones señaladas en el artículo 5 de su Ley Orgánica y 50 de su Reglamento, PAOT no está facultada para administrar instalaciones deportivas con recursos de la Federación o de la Ciudad de México y por tanto, no ha generado información al periodo que se evalúa.

Periodo de actualización:
31 / marzo / 2016
Fecha de validación: 29 / abril / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos.
XXIV.

Periodo de actualización: 31 / marzo / 2016
Fecha de validación: 29 / abril / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Coordinación Administrativa.
XXV.

Periodo de actualización: 31 / marzo / 2016
Fecha de validación: 29 / abril / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Coordinación Administrativa.

XXVI.


Periodo de actualización:
19 / octubre / 2016
Fecha de validación: 19 / octubre / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Coordinación Administrativa.

XXVII.
Los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo el expediente respectivo y el o los contratos celebrados. En el caso que contengan información reservada o confidencial, sobre ellos se difundirá una versión pública que deberá contener:


a)
De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:

1. La convocatoria o invitación emitida;
2. Los nombres de los participantes o invitados;
3. El nombre del ganador y las razones que lo justifican;
4. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;
5. El número de contrato, la fecha, el monto y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra licitada;
6. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;
7. Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración, y
8. Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados.

b) De las adjudicaciones directas:

1. Los motivos y fundamentos legales aplicados;
2. En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los montos;
3. El nombre de la persona física o moral adjudicada;
4. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;
5. El número del contrato, la fecha del contrato, el monto y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u obra;
6. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda, y
7. Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados.

c)
Incluir el padrón de proveedores y contratistas.

Derogado.
Los Entes Obligados deberán informar al Instituto, cuáles son los rubros del presente artículo que son aplicables a sus páginas de Internet, con el objeto de que el Instituto verifique y apruebe de forma fundada y motivada la relación de fracciones aplicables a cada ente. Las Oficinas de Información Pública de los Entes Obligados deberán tener a disposición de las personas interesadas equipo de cómputo, a fin de que éstas puedan obtener la información, de manera directa o mediante impresiones, las cuáles se expedirán previo pago establecido en el Código Fiscal de la Ciudad de México. Del mismo modo, deberán apoyar a los usuarios que lo requieran y proveer todo tipo de asistencia respecto de los trámites y servicios que presten.

Derogado.

La información a que se refiere este artículo estará disponible de tal forma que facilite su uso y comprensión por las personas, y que permita asegurar su calidad, veracidad, oportunidad y confiabilidad.


Periodo de actualización:
31 / marzo / 2016
Fecha de validación: 29 / abril / 2016
Área o unidad administrativa responsable de la información: Coordinación Administrativa.