Transparencia

 

Información pública de oficio

Artículo 146.
Con el objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el sujeto obligado deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el área responsable. En caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actualizarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la última actualización por cada rubro. El Instituto realizará, de forma trimestral revisiones a los portales de transparencia de los sujetos obligados a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en este Título.


2023

2022

2021

2020

2019

2018

2017

Periodo de actualización: 31 / diciembre / 2023
Fecha de validación: 31 / diciembre / 2023
Área o unidad administrativa responsable de la información:Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos