Transparencia

 

Información de Recursos Públicos

Artículo 30. Toda persona moral, organizaciones de la sociedad civil, sindicatos o cualquier otra análoga que reciban recursos públicos por cualquier concepto, exceptuando las cuotas sindicales, deberán proporcionar a los Entes Públicos de los que los reciban la información relativa al uso, destino y actividades que realicen con tales recursos.

Fecha de actualización: 31 / marzo / 2016
Fecha de validación: 29 / abril / 2016
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) responsable(s) de la información: Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos