Normatividad y monitoreo del aire
En nuestro país se registran los siguientes
contaminantes atmosféricos: SO2, CO, NO2, ozono (O3),
PM10 partículas suspendidas totales (PST) y plomo
(Pb). Para cada uno de estos contaminantes se cuenta con
un estándar o norma de calidad del aire donde se
establecen las concentraciones máximas que no debieran
sobrepasarse en un periodo definido (frecuentemente una
vez por año), para que pueda garantizarse la protección
adecuada de la salud de la población, inclusive la
de los grupos más susceptibles (Recuadro
III.1.1.5).
Con el fin de hacer más comprensible el nivel de
contaminación, en México se utiliza un índice
conocido como Imeca (Índice Metropolitano de la Calidad
del Aire), que consiste en una transformación de
las concentraciones del contaminante a un número
adimensional que indica el nivel de contaminación
de una manera fácil de entender (Recuadro
III.1.1.6). En la escala utilizada por este índice,
los valores de la Norma de Calidad del Aire le corresponden
a 100 puntos Imeca y es el límite de lo que se considera
como calidad de aire satisfactorio. Los múltiplos
de 100 Imeca se han desarrollado por medio de algoritmos
sencillos que toman en cuenta criterios de salud ambiental
(Recuadro_III.1.1.7).
La calidad del aire se considera buena o satisfactoria cuando
el valor Imeca está debajo de 100, de 101 a 150 es
regular o no satisfactoria, de 151 a 200 mala y de 201 en
adelante se considera muy mala.
Las normas vigentes de calidad del aire fueron publicadas
por la Secretaría de Salud en el Diario Oficial
de la Federación en diciembre de 1994. Éstas
señalan procedimientos para la medición y
calibración del equipo destinado a determinar las
concentraciones de los contaminantes, niveles máximos
permisibles de emisión a la atmósfera de contaminantes,
especificaciones de los combustibles que se utilizan (Recuadro_III.1.1.3)
y los valores que se consideran adecuados para la protección
de la salud en materia de contaminantes atmosféricos
(Recuadro III.1.1.5).
En una situación ideal, los límites que establecen
las normas deberían estar basados en estudios epidemiológicos,
toxicológicos y de exposición, tanto en animales
como en seres humanos, que identifiquen los niveles del
contaminante que son capaces de causar un efecto negativo
en la salud de algún grupo de la población
con un cierto margen de seguridad. Sin embargo, en nuestro
país, debido principalmente a la falta de recursos
e infraestructura suficiente para realizar todos los estudios
epidemiológicos, toxicológicos y de exposición
necesarios para fundamentar el establecimiento de estándares
de calidad del aire y a la gravedad del problema que se
tenía a principios de los años noventa, las
normas de calidad del aire mexicanas tuvieron como base
fundamental la revisión de normas establecidas por
la Organización Mundial de la Salud y por Estados
Unidos. No obstante, recientemente la Secretaría
de Salud, por medio del Centro Nacional de Salud Ambiental
(Censa), ha realizado tanto estudios epidemiológicos
como otros encaminados a establecer relaciones dosis-respuesta
para contaminantes como el O3 y las PM10 que permitirán,
en un futuro cercano, contar con información suficiente
para ajustar las normas oficiales a las características
de la población mexicana.
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Actualmente se cuenta con registros de contaminantes atmosféricos
en 23 ciudades y zonas metropolitanas (Figura 5.5). En todas
ellas los contaminantes se miden aplicando procedimientos
estandarizados a nivel internacional. La red más
completa y más antigua se localiza en la ZMVM, que
hoy en día tiene 32 estaciones de monitoreo automático
(EMA) y 19 estaciones de monitoreo manuales (no todas funcionan
de manera permanente) que registran O3, CO, SO2, NOx, PM10
y PST, considerados como contaminantes básicos y
de los cuales se tiene más información acerca
de sus efectos sobre la salud, (véase Principales
contaminantes atmosféricos y sus efectos sobre la
salud).
Otras ciudades que cuentan con redes de monitoreo importantes
y con registros relativamente antiguos (mediados de los
noventa) son las zonas metropolitanas de Guadalajara, Monterrey,
Toluca y ciudades fronterizas como Tijuana, Mexicali y Ciudad
Juárez. Algunas otras ciudades se concentran en evaluar
alguno o varios contaminantes que les resultan importantes,
como es el caso de Cananea, Cumpas y Nacozari, en el estado
de Sonora, que registran principalmente SO2 y las ubicadas
en Querétaro y San Luis Potosí que se concentran
en SO2 y partículas suspendidas. La lista completa
de las estaciones de monitoreo y los contaminantes registrados
se muestran en el Cuadro
III.1.1.3.
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