5. AIRE
 


Normatividad y monitoreo del aire

En nuestro país se registran los siguientes contaminantes atmosféricos: SO2, CO, NO2, ozono (O3), PM10 partículas suspendidas totales (PST) y plomo (Pb). Para cada uno de estos contaminantes se cuenta con un estándar o norma de calidad del aire donde se establecen las concentraciones máximas que no debieran sobrepasarse en un periodo definido (frecuentemente una vez por año), para que pueda garantizarse la protección adecuada de la salud de la población, inclusive la de los grupos más susceptibles (Recuadro III.1.1.5).

Con el fin de hacer más comprensible el nivel de contaminación, en México se utiliza un índice conocido como Imeca (Índice Metropolitano de la Calidad del Aire), que consiste en una transformación de las concentraciones del contaminante a un número adimensional que indica el nivel de contaminación de una manera fácil de entender (Recuadro III.1.1.6). En la escala utilizada por este índice, los valores de la Norma de Calidad del Aire le corresponden a 100 puntos Imeca y es el límite de lo que se considera como calidad de aire satisfactorio. Los múltiplos de 100 Imeca se han desarrollado por medio de algoritmos sencillos que toman en cuenta criterios de salud ambiental (Recuadro_III.1.1.7). La calidad del aire se considera buena o satisfactoria cuando el valor Imeca está debajo de 100, de 101 a 150 es regular o no satisfactoria, de 151 a 200 mala y de 201 en adelante se considera muy mala.

Las normas vigentes de calidad del aire fueron publicadas por la Secretaría de Salud en el Diario Oficial de la Federación en diciembre de 1994. Éstas señalan procedimientos para la medición y calibración del equipo destinado a determinar las concentraciones de los contaminantes, niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de contaminantes, especificaciones de los combustibles que se utilizan (Recuadro_III.1.1.3) y los valores que se consideran adecuados para la protección de la salud en materia de contaminantes atmosféricos (Recuadro III.1.1.5).

En una situación ideal, los límites que establecen las normas deberían estar basados en estudios epidemiológicos, toxicológicos y de exposición, tanto en animales como en seres humanos, que identifiquen los niveles del contaminante que son capaces de causar un efecto negativo en la salud de algún grupo de la población con un cierto margen de seguridad. Sin embargo, en nuestro país, debido principalmente a la falta de recursos e infraestructura suficiente para realizar todos los estudios epidemiológicos, toxicológicos y de exposición necesarios para fundamentar el establecimiento de estándares de calidad del aire y a la gravedad del problema que se tenía a principios de los años noventa, las normas de calidad del aire mexicanas tuvieron como base fundamental la revisión de normas establecidas por la Organización Mundial de la Salud y por Estados Unidos. No obstante, recientemente la Secretaría de Salud, por medio del Centro Nacional de Salud Ambiental (Censa), ha realizado tanto estudios epidemiológicos como otros encaminados a establecer relaciones dosis-respuesta para contaminantes como el O3 y las PM10 que permitirán, en un futuro cercano, contar con información suficiente para ajustar las normas oficiales a las características de la población mexicana.


Actualmente se cuenta con registros de contaminantes atmosféricos en 23 ciudades y zonas metropolitanas (Figura 5.5). En todas ellas los contaminantes se miden aplicando procedimientos estandarizados a nivel internacional. La red más completa y más antigua se localiza en la ZMVM, que hoy en día tiene 32 estaciones de monitoreo automático (EMA) y 19 estaciones de monitoreo manuales (no todas funcionan de manera permanente) que registran O3, CO, SO2, NOx, PM10 y PST, considerados como contaminantes básicos y de los cuales se tiene más información acerca de sus efectos sobre la salud, (véase Principales contaminantes atmosféricos y sus efectos sobre la salud).

Otras ciudades que cuentan con redes de monitoreo importantes y con registros relativamente antiguos (mediados de los noventa) son las zonas metropolitanas de Guadalajara, Monterrey, Toluca y ciudades fronterizas como Tijuana, Mexicali y Ciudad Juárez. Algunas otras ciudades se concentran en evaluar alguno o varios contaminantes que les resultan importantes, como es el caso de Cananea, Cumpas y Nacozari, en el estado de Sonora, que registran principalmente SO2 y las ubicadas en Querétaro y San Luis Potosí que se concentran en SO2 y partículas suspendidas. La lista completa de las estaciones de monitoreo y los contaminantes registrados se muestran en el Cuadro III.1.1.3.

 
   
   
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